STSJ Galicia , 17 de Octubre de 2002

PonenteJOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA
ECLIES:TSJGAL:2002:6210
Número de Recurso3879/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Social

D. Juan Luis Guisasola Bustillo, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso n° 3879/02 (HPB)

ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. J.- FERNANDO LOUSADA AROCHENA ILMA. SRA Dª MARÍA ANTONIA REY EIBE A Coruña, a diecisiete de octubre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 3879/02, interpuesto por D. Jorge por el Comité de Empresa de la "Autoridad Portuaria de Ferrol-San Ciprián" contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. 2 de Ferrol, siendo Ponente ILMO. SR. D. J.- FERNANDO LOUSADA AROCHENA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 301/02 se presentó demanda por D. Jorge por el Comité de Empresa de la "Autoridad Portuaria de Ferrol-San Ciprián" en reclamación de Conflicto Colectivo siendo demandado el "Autoridad Portuaria de Ferrol-San Ciprián" y la empresa "Clece, SA." en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha dieciséis de mayo de dos mil dos por el Juzgado de referencia que desestima la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1.- El demandante, D. Jorge , fue designado el día 18 de abril de 2002 por el Comité de Empresa de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Ciprián para que emprendiese acciones legales conducentes a plantear conflicto colectivo sobre la privatización del servicio de limpieza de la Autoridad Portuaria./ 2.- El día 10 de agosto de 2001, se reúne la Dirección con el Comité de empresa con el objeto de deliberar sobre la externalización del Servicio de Limpieza que hasta el momento se venía realizando por personal de la Autoridad Portuaria, en concreto se ocupaban de ese trabajo dos empleadas: Doña Alicia , de categoría profesional, peón nivel 1 y Doña Victoria , de categoría profesional, peón nivel 1. La primera accedió a la jubilación, siendo sustituida mediante la contratación de un auxiliar de administración, nivel 6, con carácter temporal, por un año. La segunda trabajadora pasó a desempeñar funciones de ordenanza./ 3.- La empresa calculó el coste del servicio de limpieza durante el año 2000 en 7.944.965 pts., y analizando las tarifas existentes en el mercado, de empresas especializadas en trabajos de limpieza de edificios, llegó a la conclusión de que el importe aproximado que puede suponer para la Autoridad Portuaria la realización por parte de dichas empresas, de los mismos trabajos realizados por la Autoridad Portuaria es de 6.4000.000 pts. (precios del año 2001)./ 4.- El 14 de septiembre de 2001 se celebra una nueva reunión Dirección-Comité de Empresa para tratar sobre la gestión indirecta del servicio de limpieza, sin que por las partes se llegue a ningún acuerdo./ 5.- El día 27 de septiembre de 2001 la Autoridad Portuaria anuncia la apertura de un concurso abierto ordinario para licitar la contratación de trabajos de limpieza en sus edificios. El Presupuesto base de licitación o canon de explotación es de 48.080 euros, IVA. incluido./ 6.- En fecha 4 de octubre de 2001, el Comité de Empresa acuerda por unanimidad solicitar a la Comisión Paritaria, en base a lo dispuesto en la Disposición Final primera a) del vigente I Convenio Marco de Relaciones Laborales de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, que medie en este conflicto al fin de paralizar el proceso ya iniciado, por parte de la empresa y Consejo de Administración, de concurso del servicio de limpieza de este Puerto./ 7.- El día 30 de Octubre de 2001 se reúnen en Madrid, previa convocatoria, los miembros de la Comisión Paritaria del I Convenio Marco de Relaciones Laborales de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias al objeto de abordar el Orden del Día correspondiente a dicha convocatoria: "Conflicto colectivo en la Autoridad Portuaria de Ferrol sobre aplicación de la Disposición Final Primera del I Convenio Marco". La reunión concluye sin acuerdo entre las partes./ 8.- El día 18 de octubre de 2001 se reúne la mesa de contratación y adjudicación del concurso para la limpieza de edificios de la Autoridad Portuaria que decide por unanimidad proponer al órgano de Contratación de la Autoridad Portuaria que el concurso sea declarado desierto, lo que así acuerda el DIRECCION000 por Resolución de 25 de octubre de 2001./ 9.- Por Resolución de fecha 2 de noviembre de 2001, el...

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