STSJ Andalucía , 27 de Noviembre de 2000

PonenteLUIS HERNANDEZ RUIZ
ECLIES:TSJAND:2000:18005
Número de Recurso2727/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

M.N. SENT. NÚM. 3310/2000 ILMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. JOAQUÍN L. SÁNCHEZ CARRIÓN ILMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a Veintisiete de Noviembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 2727/00, interpuesto por D. Gabriel Carlos Francisco , Everardo , Jose Pablo , Enrique Y Jose Francisco . contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Almería en fecha ocho de septiembre de dos mil en Autos núm. 518/00, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Gabriel Y OTROS. en reclamación sobre CONFLICTO COLECTIVO contra HORNOS IBÉRICOS ALBA S.A. (hisalba-carboneras)

y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha ocho de Septiembre de dos mil., por la que estimando la excepción de incompetencia de jurisdicción alegada por la empresa Hornos Ibéricos Alba S.A. (HISALBA- CARBONERAS) debía desestimar y desestimaba la demanda interpuesta por D. Carlos Alberto absolviendo de la misma a la empresa demandada.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor, D. Carlos Alberto , mayor de edad, con D.N.I. n° NUM000 , DIRECCION000 de Metal, Construcción y Afines, Federación Provincial de la Unión General de Trabajadores y miembro del Comité de Empresa Hornos Ibéricos Alba S.A. (HISALBA- carboneras) ha interpuesto demanda de Conflicto Colectivo contra dicha empresa, en nombre y representación de los siguientes trabajadores: D. Gabriel , D. Carlos Francisco , D. Everardo , D. Jose Pablo , D. Enrique y D. Jose Francisco , cuyas demás circunstancias personales constan en autos.

  2. - Los trabajadores anteriormente relacionadas prestan sus servicios como oficiales 2ª Oficio en el centro de trabajo de la empresa demandada sita en Carboneras (Almería) y en la Torre del Intercambiados, y con la demanda de conflicto colectivo se pretende que se declare que el puesto de trabajo que desarrolla el personal de la Torre del Intercambiados es de carácter penoso y que se condene a la empresa HISALBA Carboneras a abonar a cada trabajador un plus de penosidad por valor del 25% sobre el salario base de la categoría más antigüedad.

  3. - El Centro de trabajo de la empresa demandada en Carboneras (Almería) tiene una plantilla de 135 trabajadores, de los cuales 17 tienen la categoría profesional de Oficial 2ª Oficio, aunque sólo los 6 en nombre de los cuales se ha interpuesto la presente demanda, prestan sus servicios en el puesto de trabajo de Torre del Intercambiados.

  4. - Las condiciones de trabajo del personal que presta e sus servicios en la Torre del Intercambiados del centro de trabajo de Carboneras de la empresa HISALBA son los que constan en el informe emitido por el Centro de Seguridad e Higiene en el trabajo de Almería de fecha 16-11- 99, unido a autos y cuyo contenido damos aquí por reproducido íntegramente.

  5. - En ninguno de los convenios colectivos de empresa suscrito entre trabajadores y la empresa HISALBA para el centro de trabajo de Carboneras (Almería) desde el año 1,982 incluido el vigente (1,998-2001) ha habido regulación alguna del plus de penosidad ni para los trabajadores que prestan sus servicios en la Torre del...

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