STSJ Cataluña , 2 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA FERNANDA NAVARRO ZULOAGA
ECLIES:TSJCAT:2000:15452
Número de Recurso1435/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCION 2ª.

- Recurso número 1.435 del año 1.996.- SENTENCIA N° 1128 del 2.000 ILUSTRISIMA SEÑORA Dª Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA En Barcelona a dos de diciembre del dos mil. LA SECCION 2ª DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA, constituida con Magistrado unipersonal para el examen de este caso, ha pronunciado EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la siguiente sentencia en el recurso contencioso- administrativo, número 1.435 del año 1.996 , seguido entre partes; como demandante Transformados de la Madera S.A, representada por el Procurador de los Tribunales Don Arturo Cot Montserrat y asistida por el letrado Don Luis Casas Farran; y como Administración demandada el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, representada y asistida por el Sr. Letrado del Estado; versando el proceso sobre acta de liquidación.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora en el presente recurso, por escrito de fecha 25 de abril de 1.996, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de fecha 9 de enero de 1.996, desestimatoria del recurso interpuesto contra la resolución de la Dirección Provincial en Lleida de 31 de enero de 1.995.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar el recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables concluía con el suplico de que se dictara sentencia por la que, con estimación del recurso se anulen las resoluciones recurridas.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que, por su parte, estimó aplicables, que se dictara sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto.

CUARTO

No habiéndose recibido el pleito a prueba, y tras evacuarse por las partes el trámite de conclusiones, se señaló día y hora para la votación y Fallo que tuvo lugar el día señalado, 27 de noviembre del 2.000.

Siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso por la parte recurrente la legalidad de la resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 9 de enero de 1.996 que desestima el recurso interpuesto contra la resolución de la Dirección Provincial en Lleida de 31 de enero de 1.995 que acuerda confirmar el acta de liquidación levantada a la empresa Transformados de la Madera S.A por importe de 3.170.479 pesetas.

S...

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