STSJ Andalucía , 15 de Julio de 2002
Ponente | FEDERICO LAZARO GUIL |
ECLI | ES:TSJAND:2002:10838 |
Número de Recurso | 351/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 15 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA RECURSO: 351/1997 SENTENCIA NÚM. 854 DE 2.002 Ilmo. Sr. Presidente:
D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lázaro Guil D. Rafael Toledano Cantero
En la ciudad de Granada, a quince de julio de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 351/1997 seguido a instancia de la entidad mercantil "CONTRERAS, S.A.", que comparece representada y dirigida por la Letrada Dª Fátima Contreras Pérez, siendo parte demandada la CONSEJERÍA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Letrado del Gabinete Jurídico de la misma. La cuantía del recurso es de 282,48 euros.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la actuación administrativa que se reseña en el primer fundamento juridico, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dicte en su día sentencia, por la que, con estimación del mismo, se declare la improcedencia e ilegalidad de dicha resolución, anulándola y dejándola sin efecto, por no ser conforme a derecho.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dicte en su día sentencia por la que desestime el presente recurso Contencioso Administrativo.
Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.
No habiéndose solicitado la celebración de vista pública, se acordó pasar los autos para trámite de conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito reiterando cada una de ellas sus respectivas peticiones contenidas en los escritos de alegaciones.
Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del mismo.
Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Federico Lázaro Guil.
El objeto del recurso lo constituye la impugnación de la resolución, de fecha 2 de diciembre de 1996, de la Direccción General de Transportes de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por la recurrente frente a la resolución de la Delegación Provincial de dicha Consejeria en Jaén, dictada en el expediente nº
J-01005/94, que acordó imponerle la sanción de multa de 47.000 pesetas, como autora de una infracción del artículo 141.c) de...
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