STSJ Andalucía , 4 de Julio de 2006

PonenteEUGENIO FRIAS MARTINEZ
ECLIES:TSJAND:2006:9927
Número de Recurso1326/2003/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

Dª MARÍA LUISA FERNANDEZ CAMACHO, Secretaria de la Sección Primera. De la Sala de lo Contencioso Administrativo en

Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

CERTIFICA: que en el recurso del que se hará expresión se ha dictada por la Sala lo siguiente:

Recurso número 1326/2003.-R.

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente

Don Julián Moreno Retamino

Ilmos. Sres. Magistrados

Doña María Luisa Alejandre Durán

Don Eugenio Frías Martínez

En la ciudad de Sevilla, a cuatro de julio de dos mil seis. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 1326/2003, interpuesto por AUTOBUSES TIRADO, S.L. representado por la Procuradora Sra. Marín Hortelano y defendido por Letrado, contra resolución de AYUNTAMIENTO DE POZABLANCO representado y defendido por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Diputación Provincial de Córdoba.

Es Ponente el Iltmo. Sr. D. Eugenio Frías Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito en el que tras exponer los hechos y FUNDAMENTOS DE DERECHO que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso.

SEGUNDO

La Administración demandada, una vez conferido el trámite para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 3 de julio del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el recurso contra el acuerdo de 16 de enero de 2003 de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Pozoblanco, en contestación a escritos de la actora respecto de la disconformidad del funcionamiento de la Estación de Autobuses, de la que es concesionaria Autotransportes Ureña, S.A..

SEGUNDO

La parte actora mantiene que existían motivos para atenderse sus reclamaciones por el Ayuntamiento. Entiende que se ha producido la ruptura del equilibrio de la concesión, en atención al modo de llevar a cabo la explotación la concesionaria (menos personal del ofertado, personal que cubre distintos cometidos, etc.), por lo que se deberla revisar las tarifas. Que existen comportamientos de la concesionaria como la ocupación de las dársenas para aparcamiento, y horarios separación de despacho de Jefe de Estación y taquilla, respecto de los que se queja como usuaria, que deben dar lugar a la incoación de expediente sancionador con el secuestro de la concesión o la imposición de las sanciones que procedan.

TERCERO

Comenzando por la inexistencia de equilibrio financiero en la concesión otorgada, hemos de señalar, como adecuadamente hace la Administración demanda, que debe ser la concesionaria la que puede exigir que se proceda a la modificación de las tarifas para conseguir el equilibrio financiero, careciendo por tanto la actora de...

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