STSJ Extremadura , 27 de Enero de 2000

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2000:151
Número de Recurso2754/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA, INTEGRADA POR LOS ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS DEL MARGEN, EN NOMBRE DE S.M. EL REY HAN DICTADO LA SIGUIENTE SENTENCIA Nº 74 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA.

En Cáceres a veintisiete de Enero del año dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo número 2.754 de 1.996, promovido por el Procurador Sr. Campillo Iglesias, en nombre y representación de DOÑA Ana María , siendo demandada TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada por el Ldo. Sr. González Iglesias; recurso que versa sobre: "Resolución de Direc. Prval. Tesorería Gral. S. Social de Badajoz de 2-10-96, desestimando recurso contra resolución de expte. de devolución de ingresos de fecha 12-8-96, recaída en expte. NUM000 ".

Cuantía. 2.124.351 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMEROPor la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso. Por medio de Otrosí fue solicitado por las partes el recibimiento del recurso a prueba.

TERCERO Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo...

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