STSJ Navarra , 4 de Noviembre de 2005
Ponente | ALFONSO OTERO PEDROUZO |
ECLI | ES:TSJNA:2005:1284 |
Número de Recurso | 379/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº 1005/2005 ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. JOAQUÍN Mª MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ALFONSO OTERO PEDROUZO D. ANTONIO RUBIO PÉREZ En Pamplona/Iruña a cuatro de noviembre de dos mil cinco.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 379/2003, promovido contra Acuerdo del Gobierno de Navarra de 13-1-03, desestimatorio del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 1-10-01, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se concede a la recurrente la ayuda a la producción de forrajes desecados correspondiente al mes de julio de la Campaña 2001/02, siendo en ello partes: como recurrente ALFALFAS J. OSES RESANO, S.A., representado por la Procuradora Sra. Echarte y dirigido por el Letrado Sr. San Martín; y como demandado DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y GANADERIA DEL GOBIERNO DE NAVARRA representado y dirigido por su Asesor Jurídico Letrado.
La demanda origen del presente recurso contencioso-administrativo, deducida frente al acto administrativo indicado en el encabezamiento de esta sentencia, contiene el siguiente suplico: "Suplico a la Sala que habiendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por deducida, en tiempo y forma, la demanda en el recurso contencioso-administrativo 379/03, interpuesto contra Acuerdo del Gobierno de Navarra de fecha 13 de enero de 2003, por el que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra Resolución de 1 de octubre de 2001, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba el importe de las ayudas a la producción de forrajes desecados, correspondiente al mes de julio de la campaña 2001/2002, y en su día, previos los trámites legales, dictar sentencia estimando el presente recurso, declarando la invalidez de la resolución recurrida por ser contraria a Derecho y, en consecuencia, el derecho de mi representada a que el Gobierno de Navarra le abone el importe de ayuda correspondiente a la mercancía indebidamente descontada que asciende (s.e.u.o.) a la cantidad de 3.030,5 euros"
La Administración demandada, en su contestación, solicitó la desestimación del recurso.
Tramitados los autos conforme a las normas legales se declararon conclusos, señalándose para votación y fallo el pasado día tres de noviembre.
Ha sido ponente el Ilmo Sr. don ALFONSO OTERO PEDROUZO, magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, adscrito a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo con base en el art 330.4.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Se discuten en el presente procedimiento las ayudas concedidas a la recurrente por el Gobierno de Navarra para el sector de forrajes desecados, correspondientes al mes de julio de la campaña 2001/2002. De dicha ayuda se descontó por la Administración la cantidad de 82,560 toneladas al haberse "detectado que en...
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