STSJ Castilla y León , 30 de Julio de 2004

PonenteMARIA LOURDES FERNANDEZ ARNAIZ
ECLIES:TSJCL:2004:4225
Número de Recurso207/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a treinta de Julio de dos mil cuatro.

En el recurso de Suplicación número 207/2004, interpuesto de una parte por María Dolores , y de otra por el MINISTERIO DE DEFENSA frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº uno de Burgos, en autos número 480/2003 , seguidos a instancia DOÑA María Dolores , contra el MINISTERIO DE DEFENSA, en reclamación sobre Derecho y Cantidad. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª María Lourdes Fernández Arnaiz, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha trece de Enero de dos mil cuatro , cuya parte dispositiva dice: Que estimando parcialmente la demanda de Dª. María Dolores debo declarar y declaro que se ha de computar a efectos de antigüedad los servicios prestados para la Diputación Provincial de Burgos, de 1.12.89 a 31.5.90 (6 meses), y Ayuntamiento de Villadiego, de 29.10.90 a 31.5.91 (7 meses y 3 días), y Consejería de Educación y Cultura-Junta de Castilla y León, de 1.1.00 a 13.9.01 (1 año, 8 meses y 13 días) y como funcionario interino, Consejería de Educación y Cultura-Junta de Castilla y león, desde el 14.4.01 a 10.7.02 (1 año, 2 meses y 26 días) y condenando al MINISTERIO DE DEFENSA a estar y pasar por tal declaración.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

  1. - Dª. María Dolores formula demanda sobre reconocimiento de derecho y cantidad frente al MINISTERIO DE DEFENSA.

  2. - Que la actora presta servicios laborales para la Administración demandada , como personal laboral fijo en la Residencia militar "General Yagüe" de Burgos, desde el 11.7.02 , mediante contrato de trabajo fijo tras haber aprobado el proceso selectivo de consolidación de empleo temporal, y con categoría profesional de Ordenanza.

  3. - Que la actora solicita le sea reconocida a efectos de antigüedad y tríenos, el tiempo de servicios prestados para: Diputación Provincial de Burgos 1.12.89 a 31.5.90 (seis meses). Ayuntamiento de Villadiego de 29.10.90 a 31.5.91 (siete meses y tres días). UNED 13.6.95 a 26.7.96 (un año y catorce días).

    Consejería de Educación y Cultura Junta de Castilla y León 1.1.2000 a 13.9.2001 (un año, ocho meses y trece días). Y Consejería de Educación y Cultura Junta de (funcionario interino) de 14.4.01 a 10.7.02 (un año, dos meses y 26 días). Lo que hace un total de 5 años, y 26 días. Y subsidiariamente se le reconozcan los servicios prestados para la UNED y la JUNTA DE CASTILLA Y LEON, con un total de 3 años, 11 meses y 23 días.

  4. - Que la actora efectuó la oportuna reclamación previa.

  5. - Que en la tramitación de las presentes actuaciones se han observado las prescripciones legales.

TERCERO

Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación de una parte por DOÑA María Dolores , siendo impugnado por el Ministerio de Defensa; y de otra por el MINISTERIO DE DEFENSA.

Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala.

CUARTO

En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Acciona la demandante en reclamación de Derecho y Cantidad solicitando en el suplico de la demanda: "se dicte sentencia, en la que estimando totalmente las pretensiones de esta parte se me reconozca a efectos de antigüedad y trienios, el tiempo de servicios prestados para:

-Diputación Provincial de Burgos: 1-12-89 a 31-5-90 (6 meses)

-Ayuntamiento de Villadiego: 29-10-90 a 31-5-91 (7 meses y 3 días.

-Universidad Nacional de educación a Distancia: 13-6-95 a 26-7-96 (1 año y 14 días).

-Consejeria de Educación y Cultura-Junta de Castilla y León: 1-1-00 a 13-9-01 (1 año, 8 meses y 13 días)

-Consejeria de Educación y Cultura-Junta de Castilla y León (funcionario interino): 14-4-01 a 10-7- 02 (1 año, 2 meses y 26 días).

Que hace un total de 5 años, y 26 días, más los 4 años, 4 meses y 4 días que tengo reconocidos, hace un total de 9 años y 5 meses, con el derecho a percibir por tanto, 3 trienios, a razón de 23,72 /trienio=

71,16 /mes.

O subsidiariamente, se me reconozca el tiempo de servicios prestados para la U.N.E.D. y para la Junta de Castilla y Leon, que hace un total de 3 años, 11 meses y 23 días, más los 4 años, 4 meses y 4 días que tengo reconocido, hacen un total de 8 años, 3 meses y 27 días, con el derecho a percibir dos trienios, a razón de 23,72 /trienio= 47,44 /mes", demanda que es afirmada y ratificada en el acto del juicio en el que tras el periodo de prueba y elevar las partes sus conclusiones a definitivas el Juez "a quo" dicta Sentencia estimando parcialmente la demanda.

Frente a dicha sentencia se alza en suplicación tanto la representación letrada de la parte actora como la representación letrada de la parte demandada.

Al amparo del Art. 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral formula el Ministerio de Defensa dos motivos de recurso, motivos en los que dada su interconexión, procedemos a resolver conjuntamente;en el primero, invoca infracción de los artículos 1 y 75-1 del Convenio Colectivo Unico para el personal laboral de la Administración del Estado , y en el segundo invoca infracción de los artículos 37 de la Constitución Española , 3-1 b) y 82-3 del Estatuto de los Trabajadores en relación con el artículo 25-1 también del Estatuto de los Trabajadores .

La cuestión litigiosa se centra en determinar si se le pueden reconocer a la actora a efectos de antigüedad y trienios los servicios que esta prestó en la diputación Provincial de Burgos, en el Ayuntamiento de Villadiego, en la UNED y en la Consejeria de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León en los periodos indicados, en concreto, el recurso del Ministerio de Defensa se centra únicamente en los servicios prestados por la actora para la Diputación, el Ayuntamiento...

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