STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Mayo de 2002

PonenteMANUEL JOSE PONS GIL
ECLIES:TSJCV:2002:5402
Número de Recurso2115/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Social

3 Recurso nº 2115/00 Recurso contra Sentencia núm. 2.115/2000 Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Presidente Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz Ilma. Sra. Dª Mª Gracia Martínez Camarasa En Valencia, a catorce de mayo de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2976/2.002 En el Recurso de Suplicación núm. 2115/2.000, interpuesto contra la sentencia de fecha 22 DE MARZO DE 2.000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 7 de Alicante, en los autos núm. 41/00, seguidos sobre cantidad, a instancia de D. Sergio , representado por el letrado D. LorenZo Bonmati Giner, contra FOGASA, y BILMAN BUS, S.L., representado por el letrado D Sigfrido Gomis-Iborra Prado en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- La sentencia recurrida de fecha 22 DE MARZO DE 2.000, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que debo estimar y estimo en parte la demana interpuesta por Sergio , contra EMPRESA BILMAN, BUS, S.L., condenandola al abono de la suma de 318.496 pesetas.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que la parte actora ha venido prestando servicios por cuenta y orden de EMPRESA BILMAN BUS, S.L. dedicada a la actividad de transporte de viajeros por carretera desde el 14-3-97 con la categoria profesional de conductor y salario mensual de 122.320 pesetas incluida la prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

Que con fecha 25-10-99 finalizaron las relaciones laborales entre las partes. Al actor se le adeuda por parte de la empresa el salario correspondiente a 25 dias de octubre cuyo importe asciende a 88.500 pesetas de acuerdo con el siguiente desglose salario base 71.100 plus de convenio 3.778 y plus de locomoción 13.623 ptas. al actor igualmente se le adeuda por el concepto de dietas y por el indicado periodo 91.500 ptas., asi como las partes proporcionales de julio, navidad y Beneficios del año 99 por importe de 28.694 ptas. 54.901 ptas,. y 54.901 ptas., respectivamente liquidadas desde el 16-3-99 al 25-10-99. TERCERO.- Que se ha celebrado el preceptivo acto de conciliación con fecha 27 noviembre de 1.999 con el resultado de sin avenencia. CUARTO.- El actor cuyo domicilio radica en Elche Pda. De Torrellano c/ DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 reclama en el presente pleito en concepto de kilometraje y gastos...

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