STSJ Navarra , 29 de Marzo de 2005
Ponente | FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA |
ECLI | ES:TSJNA:2005:404 |
Número de Recurso | 272/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº 000307/2005 ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA En Pamplona a Veintinueve de Marzo de Dos Mil Cinco.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, los autos del recurso contencioso-administrativo nº272/04 interpuesto contra la resolución dictada de fecha 31-5-2004 del Director General de la Guardia Civil dictada en el procedimiento de ingresos indebidos en concepto de un complemento de Zona Conflictiva correspondiente a Septiembre de 2002, en los que han sido partes como demandante D. Bruno , y como demandada la Administración del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, venimos en resolver en base a los siguientes
Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia estimatoria de sus pretensiones.
El Abogado de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia desestimatoria por la que se confirmase el acto recurrido.
Por auto que consta en el procedimiento se acordó el recibimiento a prueba del recurso, con el resultado que obrante en autos.
Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera así se verificó , como obra en autos, teniendo lugar el día 29-3-2005.
Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA, quien expresa el parecer de la Sala.
A través de este recurso contencioso-administrativo se impugna la resolución dictada de fecha 31-5-2004 del Director General de la Guardia Civil dictada en el procedimiento de ingresos indebidos en concepto de un complemento de Zona Conflictiva correspondiente a Septiembre de 2002.
Sobre la cuestión planteada debe señalarse que ,en casos como el presente, existe el derecho del funcionario a disfrutar el complemento que nos ocupa, al existir baja por enfermedad, y oportuna autorización para residir en lugar distinto al de su destino, y ello interpretando la Orden del Ministerio del Interior de 23-10-1984, según cuyo artículo 4-5 el complemento de zona conflictiva lo percibirán el personal que tenga...
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