STSJ Castilla-La Mancha , 2 de Mayo de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS
ECLIES:TSJCLM:2005:1079
Número de Recurso29/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL ALBACETE SENTENCIA: 00619/2005 Recurso nº 29/04 Ponente: Sra. Mª del Carmen Piqueras Piqueras.- Fallo: 28-4-05 Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda Presidente Iltmo. Sr. D. Jesús Rentero Jover Iltma. Sra. Dª Mª del Carmen Piqueras Piqueras

En Albacete, a dos de mayo de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 619 En el Recurso de Suplicación número 29/04, interpuesto por Jorge Y OTROS, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Albacete, de fecha 10-11-03, en los autos número 93/03 , sobre CANTIDAD, siendo recurrido AGROPECUARIA CASA DEL ÁNGEL S.A. Es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Mª del Carmen Piqueras Piqueras.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda debo condenar y condeno a la empresa demandada "Agropecuaria Casa del

Ángel SA" para que abone al actor Carlos Miguel , la cantidad de 1.948'20 , y al actor Pedro Miguel la cantidad de 3.309'50 , y debo desestimar y desestimo la demanda en relación al resto de demandantes Jorge , Eloy , Jon , Santiago , Luis Alberto y Susana ."

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

"PRIMERO.- La actividad a la que se han adscrito los actores en las condiciones particulares para cada uno de ellos que luego serán descritas, consiste en producción y distribución de energía eléctrica y fue inicialmente asumida por la empresa "Energía IDM SA" (en adelante IDM), con domicilio social en la localidad de Villarrobledo, Albacete, lugar en el que se encontraba igualmente el centro de trabajo. En julio-agosto de 2000, la anterior mercantil es sustituida por "Cogeneración Agro SA", (en adelante Cogeneración) con domicilio social en la misma localidad de Villarrobledo, si bien traslada el centro de trabajo a un paraje situado a 9 kms. De Casas de los Pinos (provincia de Cuenca), que a su vez dista unos 31 km de Villarrobledo. La localidad de Casas de los Pinos dista unos 10 km de Minaya, y unos 15 km de San Clemente. Finalmente mediante escritura pública de 24-12-02 la empresa hoy empleadora y demandada "Agropecuaria Casa del Ángel SA" (en adelante Agropecuaria) fusiona por absorción a "Cogeneración Agro SA" que desaparece como persona jurídica desde el indicado momento. SEGUNDO.- Los actores han prestado servicios en las siguientes condiciones relevantes para el caso: Jorge , con DNI nº

NUM000 , residente en Minaya (Albacete), se vinculó con IDM mediante relación laboral de naturaleza no determinada del 19-5-99 al 1-8-99, con Cogeneración mediante relación de naturaleza no indefinido de 4-8-00 suscrito en Villarrobledo para la prestación de servicios en "cr nacional 301 Madrid- Alicante", en el que se consideraba aplicable el convenio del metal (a secas). Carlos Miguel , con DNI nº NUM001 , residente en Villarrobledo (Albacete), se vinculó con IDM con relación laboral de naturaleza no determinada del 4-7-95 al 31-7-00 y del 1-8-00 al 5-2-01, y con Cogeneración a partir del 6-2-01 en virtud de contrato indefinido suscrito en Casas de los Pinos y en el que se hacía constar que el salario aplicable sería el del convenio colectivo del metal de la provincia de Albacete y que se respetaba la antigüedad de 4-7-95. Eloy , con DNI nº NUM002 , residente en San Clemente (Cuenca), se vinculó con Cogeneración en virtud de relación de naturaleza no determinada a partir del 24-8-00, convirtiéndose la relación en indefinida mediante documento de 20-8-01 suscrito en Casas de los Pinos, en el que se hacia contar como aplicable el convenio del metal de Albacete. Pedro Miguel , con DNI nº NUM003 , residente en Villarrobledo, se vinculó con IDM mediante contrato suscrito en Villarrobledo por lanzamiento de nueva actividad del 2-1-97 al 1-7-99, y con Cogeneración a partir del 2-7-99 con contrato eventual para la realización de actividades en Casas de los Pinos, declarando aplicable el convenio del metal (a secas), convirtiéndose la relación en indefinida mediante documento de 30-6- 00 suscrito en Casas de los Pinos. Jon , con DNI nº NUM004 , residente en Minaya (Albacete), se vinculó con Cogeneración con relación de naturaleza no determinada del 10- 8-99 al 9-8-00, y con contrato indefinido a partir del 14-8-00, suscrito en Villarrobledo para la prestación de servicios en "cr nacional 301 Madrid-Alicante", y declarando aplicable con convenio del metal (a secas) Santiago , con DNI nº NUM005 , residente en San Clemente (Cuenca), se vinculó con IDM en virtud de relación de naturaleza no determinada del 24-6- 98 al 23-6-99, con Cogeneración de igual manera del 24-6-99 al 23-6-00, e igualmente con Cogeneración a partir del 28-6-00 mediante contrato indefinido suscrito en Villarrobledo para la prestación de servicios en "cr nacional 301 Casa los Pinos" declarando aplicable el convenio del metal (a secas). Luis Alberto , con DNI nº NUM006 , residente en Minaya (Albacete), se vinculó con IDM con relación de naturaleza no determinada del 15-6-98 al 14-6-99, y con Cogeneración con relación no determinada a partir del 1-7-99, que se convirtió en indefinida mediante documento suscrito en Villarrobledo el 29-6-00 en el que se hacía constar como centro de trabajo el ya citado de la carretera nacional 301, declarando aplicable el convenio del metal (a secas). Susana , con DNI nº NUM007 , residente en Casas de los Pinos (Cuenca), se vinculó con Cogeneración a partir del 24-8-99, con relación de naturaleza no determinada que se convirtió en indefinida mediante documento de 22-8-00 suscrito en Villarrobledo, en el que se hacía constar como centro de trabajo el de "cr nacional 301 Madrid Alicante" y convenio colectivo aplicable el del metal (a secas). Los últimos contratos citados obran en autos y se dan por reproducidos, no constando el lugar de suscripción de los contratos anteriores que no han sido aportados por ninguna de las partes. TERCERO.- Todos los contratos citados obran en autos y se dan por íntegramente reproducidos, y con...

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