STSJ Extremadura , 23 de Octubre de 2001

PonenteMERCENARIO VILLALBA LAVA
ECLIES:TSJEXT:2001:2160
Número de Recurso1000/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

LA SECCIÓN DE REFUERZO DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA, INTEGRADA POR LOS ILTMOS.

SRES. MAGISTRADOS DEL MARGEN, EN NOMBRE DE S.M. EL REY HA DICTADO LA SIGUIENTE:

SENTENCIA Núm 1.658 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DOÑA FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA En Cáceres a veintitrés de octubre de dos mil uno. Visto el recurso contencioso administrativo número 1.000 de 1.998, seguido por los trámites del artículo 113 y siguientes de la Ley Jurisdiccional, promovido por DON Daniel , en su propio nombre y representación siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, recurso que versa sobre: Resolución del Ministerio de Educación y Cultura de 13 de abril de 1.998, en que se accedía a la puntuación solicitada para el reconocimiento de la condición de Catedrático al recurrente en la convocatoria de 20-3-97. Cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito, mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se puso de manifiesto el expediente administrativo a la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora. Por medio de Otrosí se solicitó el recibimiento del recurso a prueba por la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período se señaló día para la votación y Fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Don MERCENARIO VILLALBA LAVA, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente Don Daniel interpone recurso contencioso- administrativo contra Resolución del Ministerio de Educación y Cultura en que no se accedía a la puntuación que había solicitado para el reconocimiento de la condición de Catedrático al recurrente en la convocatoria de 20-3-97.

El objeto del proceso es doble, por un lado determinar si el curso denominado "aproximación a la reforma del sistema educativo" debe de encontrase y valorase dentro del apartado 2.1 del baremo de la Orden de 20 de Marzo de 1.997, ya que la Administración considera que no está relacionado directamente con la especialidad y de otro si procede la valoración de 5 años de docencia en el apartado 2.3.1 del citado baremo, ya que no se le han valorado el curso 96- 97...

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