STSJ Cataluña 283/2008, 15 de Enero de 2008

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2008:109
Número de Recurso557/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución283/2008
Fecha de Resolución15 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2007 - 0023776

CR

ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA

ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER

ILMO. SR. FRANCISCO ANDRÉS VALLE MUÑOZ

En Barcelona a 15 de enero de 2008

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 283/2008

En el recurso de suplicación interpuesto por Filomena frente a la Sentencia del Juzgado Social 18 Barcelona de fecha 10 de octubre de 2007 dictada en el procedimiento Demandas nº 557/2007 y siendo recurrido/a Instantweb Progresa, S.L.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 27 de julio de 2007 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 10 de octubre de 2007 que contenía el siguiente Fallo:

Que, estimando la incompetencia de jurisdicción planteada por la demandada y sin entrar en el fondo del asunto, debo desestimar y desestimo en la instancia la demanda interpuesta por Dª Filomena contra INSTANTWET PROGRESA, S. L., declarando la incompetencia de este Juzgado para el conocimiento de la misma; sin perjuicio del derecho de la actora a ejercitar las acciones que le correspondan ante la Jurisdicción civil.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- La actora, Dª Filomena, con DNI nº NUM000, ha venido realizando la actividad de captación de clientes y venta de páginas web para la mercantil INSTANTWEB PROGRESA, S.L., dedicada al diseño de páginas web, desde el 7-3- 2.003.

  1. - La actividad de la actora consistía en captar clientes que desearan diseñar su página web, pasándolos a la entidad demandada, proporcionando los datos del cliente y las necesidades del mismo, apareciendo la actora como "Distribuidor".

  2. - La actora inicialmente ha realizado esta actividad en Ibiza, y a partir del mes de enero de 2.007 se trasladó a Barcelona.

  3. - La actora siempre ha trabajado desde su domicilio, utilizando sus propios instrumentos de trabajo, y acudía muy esporádicamente a la sede de Instantweb Progresa, S.l., sita en la calle diputación nº 456 de barcelona, sin estar sometida a un horario de trabajo.

  4. - La entidad demandada indicaba a la actora instrucciones sobre las características de las páginas web que podía proporcionar y los precios.

  5. - La actora dispone una dirección de correo electrónico dentro del dominio de la mercantil demandada.

  6. - La actora realiza otras actividades por cuenta propia, utilizando el nombre de IOSU, con el que creó una guía sobre Ibiza en Internet, habiendo contratado como Administradora de IOSU los servicios de Instantweb Progresa, S.L..

  7. - La actora percibía comisiones en función de las páginas web vendidas, que en el año 2.005 se estableció en 50 euros por página, más 25 euros por cada alta.

  8. - La actora no ha realizado actividad alguna para la mercantil demandada desde el 26-6-2.007.

  9. - La actora presentó Papeleta de Conciliación ante el Departament de Treball en fecha 6-7-2.007, y el acto se celebró el 25-7- 2.007, resultando sin avenencia.

  10. - La actora no ha ostentado durante el último año la condición de representante sindical o de los trabajadores."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, Instantweb Progresa, S.L.,a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación Dª Filomena la sentencia que declaró la incompetencia de la jurisdicción social para conocer de la demanda por despido que había interpuesto contra la empresa Instantweb Progresa S.L.,...

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