STSJ Cataluña , 16 de Noviembre de 2001

PonenteMANUEL QUIROGA VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2001:14220
Número de Recurso758/1989
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso n° 758/89 Partes: FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS DE CATALUÑA. C/ DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA.

Coadyuvante: CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE BARCELONA.

SENTENCIA N°1099 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ.

En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de noviembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°758/89, interpuesto por la Federación de Municipis de Catalunya, representado por el Procurador D. Ramón Feixó i Bergada, contra el Departamento de Economía y Finanzas de la Generalitat de Catalunya, representado por el Letrado de la Generalitat y actuando como coadyuvante La Caja de Ahorros y Monte de Piedad, representada por el Procurador D. Ivo Ranera Cahís. Ha sido Ponente el Ilmo.. Sr. Magistrado D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Ramón Feixó i Bergada, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalitat de Catalunya, sobre Decreto 190/1989, de 1 de agosto, de aprobación de las normas reguladoras de los procedimientos de designación de miembros de los órganos de gobierno de las Cajas de Ahorro y de la convocatoria y funcionamiento de éstos.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de fecha 1 de febrero del año 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose todas las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos. Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación, se tuvo por decaída a la parte coadyuvante y finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el día dos de octubre del año en curso a las diez horas.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La "FEDERACIÓ DE MUNICIPIS DE CATALUNYA" ejercita una pretensión anulatoria del Decreto 190/1989, de 1º de agosto del Gobierno de la GENERALIDAD DE CATALUÑA (Economía y Finanzas), aprobando las normas reguladoras de los procedimientos de designación de los miembros de los órganos de gobierno de las cajas de ahorro y de la convocatoria y el funcionamiento de éstos; ha sido parte coadyuvante LA CAIXA DE ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA ("LA CAIXA").

SEGUNDO

Para la comprensión de la controversia planteada han de tenerse en cuenta los siguientes datos fácticos: a) El 1° de Julio de 1.985 el Parlamento de Cataluña aprueba la Ley de Cajas de Ahorro de Cataluña y, un mes después (2-8-85) se aprueba la Ley estatal (LORCA) con el carácter de básica; b) Planteado conflicto ante el Tribunal Constitucional el 22 y 23 de marzo de 1.988 se dictaron sendas sentencias que afectaron a los artículos 5, 14, 16, 17, 19, 20, 28, 38, 56, 57 y 58, así como a las disposiciones transitorias 1, 2 y 5; c) En virtud de dichas resoluciones el Parlamento de Cataluña aprobó la Ley 6/1989, de 25 de mayo de Modificación de la Ley 15/1.985, autorizando a la elaboración de un Texto Refundido; y, d) Publicada la citada Modificación el Gobierno de la Generalidad de Cataluña aprobó el Decreto 190/1.989, de 1° de agosto, sobre "normas reguladoras de los procedimientos de designación de los miembros de los órganos de Gobierno de las Cajas de Ahorros y el funcionamiento de estos", que es el objeto...

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