STSJ País Vasco 456, 28 de Febrero de 2006

PonenteMODESTO IRURETAGOYENA ITURRI
ECLIES:TSJPV:2006:456
Número de Recurso48/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución456
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 48/2.006 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 28 de febrero de 2.006.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS , Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D. ISIDORO ALVAREZ SACRISTAN , Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Frida contra la sentencia del Jdo. de lo Social nº 7 (Bilbao) de fecha siete de Octubre de dos mil cinco , dictada en proceso sobre DSP Despido, y entablado por Frida frente a LINK EXTERNALIZACION DE SERVICIOS S.L.U. y FUNDACION MUSEO DE BELLAS ARTES DE BILBAO .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: " PRIMERO.- La actora, Dña. Frida , mayor de edad, con DNI nº NUM000 , ha venido prestando servicios para la empresa LINK EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS SLU, desde el 14-11-2002, en virtud de contrato para obra o servicio determinado, a tiempo parcial, con categoría de Auxiliar de Sala nivel 2, en el que se pactó jornada de 1.100 horas anuales, 61,11%, siendo el salario mensual de 420,89 euros con p.p. extras (feb.-05). El objeto del contrato era el dar cumplimiento al contrato de arrendamiento de servicios, de fecha 14-12-2004, entre LINK EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS SLU y la FUNDACIÓN MUSEO DE BELLAS ARTES DE BILBAO.

SEGUNDO

La empresa LINK EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS SLU, constituida en el año 1994, inicialmente denominada "Other Activities SL", que adapta dicha denominación en virtud de fusión por absorción en el año 1998, siendo su objeto social, entre otros, el arrendamiento de obras y/o servicios, y la prestación de servicio de asistencia técnica empresarial profesional especializada, dentro de las areas funcionales y productivas de empresas de cualquier sector y actividad, pudiendo prestar servicios y/o realizar dichas obras con personal propio, en sus propias instalaciones o en las de propiedad de sus clientes.

En sus Estatutos Sociales, art. 2 , se indica que la sociedad tendrá por objeto la prestación y desarrollo de los servicios y actividades que se relacionan, y que se dan por reproducidas, entre las cuales se incluyen:

5. Prestación de servicios auxiliares en urbanizaciones, fincas urbanas, instalaciones industriales, redes viales, centros comerciales, organismos oficiales y dependencias administrativas, instalaciones deportivas o de recreo, museos, recintos feriales, salas de exposiciones, conferencias y congresos, hospitales, Convenciones, Inauguraciones, Centros culturales y deportivos, eventos deportivos, sociales y culturales, exposiciones, conferencias internacionales, Juntas Generales de Accionistas y de Comunidades de Propietarios, recepciones, ruedas de prensa, centros docentes, parques, instalaciones agropecuarias (agricultura, ganadería y pesca), bosques, fincas rústicas, cotos de caza, recintos de recreo y de espectáculos y, en general, en toda clase de inmuebles y eventos, por medio de conserjes, ordenanzas, bedeles, ujieres, celadores o controladores, operadpres de consola, personal de sala, porteros, recepcionistras, taquilleros (incluyendo recogida de entradas)

telefonistas, acomodadores, cobradores, cuidadores, socorristas, azafatas, personal de sala y profesionales afines o que complementen sus funciones, consistentes en el mantenimiento y la conservación de los locales, así como en la atención y servicio a los vecinos, ocupantes, visitantes y/o usuarios.

34. Servicios de ordenanzas, porteros, controladores, celadores, azafatas, recepcionistas y similares para edificios de oficinas generales, singulares de empresa y de comunidad de propietarios.

"39. La prestación de servicios y/o la gestión en empresas públicas y/o privadas, fundaciones, organismos públicos, tanto municipales, autónomicos o de ámbito nacional, Ayuntamientos, Consejerías o de denominación similar, ministerios, etc., en aquellas áreas factibles de externalización y que se produzcan mediante adjudicaciones directas o concursos públicos o restringidos, así como los servicios de consultoría y asesoría."

TERCERO

La empresa LINK EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS SLU y el MUSEO DE BELLAS ARTES DE BILBAO, suscribieron diversos contratos de arrendamiento de servicios, en fecha 14-12-2001, entre otros, el que tenía por objeto la ejecución por parte de LINK EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS SLU, del Servicio de Auxiliares de Salas en las propias instalaciones del Museo. En dicho contrato se pactó que el servicio se realizaría en las dependencias del MUSEO DE BELLAS ARTES DE BILBAO. Asimismo, se establecía, claúsula 3.5: "Los materiales, locales y herramientas que se utilizarán en la ejecución del servicio, serán propiedad del MUSEO DE BELLAS ARTES DE BILBAO, BILBOKO ARTE EDER MUSEOA. No están incluidos en el servicio contratado los gastos que se pudieran derivar para Link, por la compra o alquiler de locales, maquinaria, útiles o equipos para el desarrollo del servicio. Asimismo no están incluidos los gastos o suministros que que se pudieran producir por el personal de Link asignado al servicio objeto del presente contrato.

En caso de ser necesario, serían facturados adicionalmente a la contraprestación económica establecida en el presente contrato, con la previa aceptación del Cliente."

En su claúsula 5ª se establecía:

" OBLIGACIONES 5.1 - Link actúa en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo, asumiendo plena responsabilidad de su gestión, personal y recursos materiales. Así el personal que haya de efectuar los trabajos contratados pertenecerá a la plantilla de Link, que a todos los efectos asume con respecto a los mismos, el carácter legal de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, con arreglo a la legislación vigente en cada momento.

5.2 - Link será responsable de la vigilancia y dirección del trabajo de sus empleados, así como de su correcta formación para las tareas que se les encomienda. Los trabajadores de Link, únicamente recibirán órdenes del servicio de sus responsables, estando a su cargo la organización de la ejecución del servicio, en función de las directrices emanadas del cliente.

5.3 - Link designará un coordinador que será responsable de mantener el enlace con la persona responsable de la empresa cliente y de determinar la adecuación, aceptación e idoneidad de los servicios prestados por Link conforme al presente contrato.

5.4 - Link se compromete a cumplir todos los requerimientos legales en materia mercantil, fiscal, laboral y de seguridad social. Link se encuentra en disposición en todo momento de justificar de forma suficiente el cumplimiento de todas las obligaciones de orden legal que a él competan.

5.5 - Link se compromete a mantener en la estricta confidencialidad toda información que se le facilite por la empresa contratante y en especial, aquella que pudiera tener repercusiones comerciales de cualquier tipo. Link se compromete a velar por el cumplimiento de dicha confidencialidad de sus empleados.

5.6 - Ambas partes se comprometen a cumplir la Ley de Prevención de Riesgos laborales, así como con las reglamentaciones que de ella se deriven.

5.7 - Ambas partes confeccionarán de mutuo acuerdo los procedimientos operativos adecuados para el correcto funcionamiento del servicio."

CUARTO

La empresa LINK EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS SLU se rige por el convenio Colectivo propio, contando, sólo en Bizkaia, con una plantilla de unos 195 trabajadores, teniendo su sede administrativa en Bizkaia en la calle Hurtado de Amezaga nº

27-3º - Bilbao, donde se realiza la gestión administrativa de la empresa. Además de con el MUSEO DE BELLAS ARTES DE BILBAO, LINK tiene formalizados contratos de arrendamientos de servicios con otras empresas, Iberdrola, Airtel, Vodafone, Herzt, etc. LINK EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS SLU tiene efectuada evaluación de riesgos laborales de la actividad llevada a cabo en el MUSEO DE BELLAS ARTES DE BILBAO.

QUINTO

La empresa LINK elaboró un procedimiento operativo para las actividades realizadas en el Servicio de auxiliares de Sala del MUSEO DE BELLAS ARTES DE BILBAO, describiendo el servicio, básicamente, velar por la salvaguarda de las obras de arte que se exhiben en las salas expositivas del mismo. Dicho servicio se estructura en función de las salas expositivas obrantes, cubriendo el servicio en función de los turnos establecidos y salas, en base a unos cuadrantes, que semanalmente, el Coordinador de Servicios, les va entregando. El Coordinador de Servicio siempre ha venido operando, encargándose básicamente de establecer y/o supervisar la distribución del servicio, cuadrantes, atención de incidencias y despacho de los Jefes de Equipo. Este Coordinador suele acudir al Museo 2 ó 3 veces a la semana. Desde fecha no determinada, además, existen los Jefes de Equipo, permanentemente adscritos a tal servicio, cuyas funciones serían las de atención y/o seguimiento de tal cobertura del servicio, atención de incidencias bajo las indicaciones del Coordinador.

SEXTO

Por otra parte, en ocasiones, el personal de seguridad, perteneciente a otra empresa, que se encuentra en las salas provistas de un intercomunicador en contacto con responsables del Museo, que controla las salas a través de circuito interno, han procedido a realizar a los Auxiliares de Sala de LINK indicaciones concretas para...

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