STSJ Andalucía , 12 de Enero de 2000

PonenteRAFAEL TOLEDANO CANTERO
ECLIES:TSJAND:2000:312
Número de Recurso804/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 804/1996 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 31 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Iltmo. Sr. Presidente:

Don José Antonio Santandreu Montero Iltmos. Sres. Magistrados Don Federico Lázaro Guil Don Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a doce de enero del dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 804/1996, seguido a instancia DON Narciso en representación de la SOCIEDAD DE CAZADORES LOS CENSOS, que comparece representado por la Procuradora Sra. Navarro Rubio Troisfontaines y asistida de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, en cuya representación y defensa interviene la Sra. Letrada del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 21 de febrero de 1996, contra la resolución del Presidente de la Agencia del Medio Ambiente, de fecha 12 de diciembre de 1995, expediente 498/95, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto por don Narciso en nombre y representación de la Sociedad de Cazadores Los Censos, contra la resolución del Delegado Provincial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente, de fecha 20 de marzo de 1995, expediente sancionadora 611/1995, por la que se impuso a la referida entidad sanción de multa de 4.500 ptas, así como anulación del coto de caza GR-11.322, como responsable de una infracción calificada como grave al Reglamento de Caza . Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y se declare la nulidad de pleno derecho de las referidas resoluciones administrativas y en su defecto la anulabilidad de las mismas.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia declarando la inadmisibilidad del recurso y en su defecto desestimando el recurso y confirmando la resolución impugnada.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don Rafael Toledano Cantero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se dirige contra la resolución del Presidente de la Agencia del Medio Ambiente, de fecha 12 de diciembre de 1995, expediente 498/95, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto por don Narciso en nombre y representación de la Sociedad de Cazadores Los...

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