STSJ Cantabria 276, 1 de Marzo de 2006

JurisdicciónEspaña
Fecha01 Marzo 2006

T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD SANTANDER SENTENCIA: 00063/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltma. Sra. Presidenta Doña María Teresa Marijuán Arias Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Josefa Artaza Bilbao Don Rafael Losada Armadá

^ 72; 472; En la ciudad de Santander, a uno de marzo de dos mil seis.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso de apelación nº 137/2005 contra el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santander, de fecha 24 de febrero de 2005 , interpuesto por AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES representado por la procuradora doña Silvia Espiga Freire y defendido por el letrado don José Felipe Arronte Gutiérrez, siendo parte apelada DON Víctor y DOÑA Rosa , representados por el procurador don Federico Arguiñarena Martínez y asistidos por el letrado don Juan José Unda Laucirica. Es ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Losada Armadá quien expresa el parecer de la sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación se interpuso el día 21 de marzo de 2005 contra el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santander de fecha 24 de febrero de 2005 , que en su parte dispositiva establece: "Desestimo la pretensión de modificación de medidas cautelares efectuada por la parte demandada".

SEGUNDO

Del recurso de apelación se dio traslado a la contraparte que formuló oposición al mismo y solicitó de la sala su desestimación.

TERCERO

En fecha 30 de mayo de 2005 se dictó providencia elevando las actuaciones a esta sala y no habiéndose solicitado la apertura de período probatorio, ni celebración de vista o conclusiones por escrito, se declaró el recurso concluso para sentencia, señalándose para la votación y fallo el día 2 de febrero de 2005 en que se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se formula el presente recurso de apelación contra el auto de 24 de febrero de 2005 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Santander que desestima la pretensión de modificación de medidas cautelares efectuada por la Administración demandada consistente en poner a disposición de los recurrentes y su familia una vivienda en arrendamiento, abonando el Ayuntamiento de Castro Urdiales las rentas hasta la finalización del presente procedimiento; de forma que quedan protegidos y garantizados tanto el interés general a realizar la obra de instalaciones deportivas en Riomar, como el interés privado que se hallaría salvaguardado, pues la puesta a disposición de una vivienda digna para los recurrentes hace que los intereses en juego experimenten una inclinación hacia la preservación del interés general de los vecinos para que pueda llevarse a cabo la obra pública, sin perjuicio de que, mientras tanto, la parte recurrente, a la que se le facilita otra vivienda, tenga derecho a pedir de los tribunales la...

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