STSJ Comunidad de Madrid 1841/2006, 2 de Noviembre de 2006
Ponente | JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ |
ECLI | ES:TSJM:2006:19234 |
Número de Recurso | 741/2006 |
Número de Resolución | 1841/2006 |
Fecha de Resolución | 2 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 01841/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 741/2006
RECURRENTE:
Ayuntamiento de Madrid
Letrado Consistorial del Ayuntamiento de Madrid
RECURRIDO
entidad «Lavados Baleares S.A.»
Procurador Don Jorge Laguna Alonso
S E N T E N C I A
Nº R/ 1841
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Ilustrísimos Señores:
Presidente:
D. Juan F López de Hontanar Sánchez
Magistrados:
Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí
D. Miguel Ángel García Alonso
D. Francisco Javier Canabal Conejos
Dª Sandra González de Lara Mingo
D. Marcial Viñoly Palop
En la Villa de Madrid a dos de Noviembre del año dos mil seis.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el rollo de
Apelación nº 741 de 2.006 dimanante de la pieza separada de medidas cautelares del Procedimiento Ordinario número 27 de 2.006, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22 de los de Madrid, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid representado por el Letrado Consistorial del Ayuntamiento de Madrid. Han sido parte el apelante y como apelado la entidad «Lavados Baleares S.A.» representada por el Procurador Don Jorge Laguna Alonso y asistido por el Letrado Don Oscar López Rodríguez.
El día 27 de Abril de 2.006, se dictó por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22 de los de esta ciudad, en la pieza separada de medidas cautelares dimanante del procedimiento ordinario nº 27 de 2.006 auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: «Que debo acordar y acuerdo OTORGAR LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUTIVIDAD DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA a que se ha hecho referencia en el apartado primero de los hechos de la presente resolución.- No se efectúa pronunciamiento en costas.- Líbrese oficio al órgano administrativo acompañado de testimonio de este auto, para que por el mismo se disponga su inmediato cumplimiento.- Contra la presente resolución cabe recurso de apelación que podrá interponerse ante éste Juzgado para ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la notificación de la misma.- Así lo acuerda, manda y firma S.Sª Ilma. D. José Manuel Ruiz Fernández, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nE 22 de Madrid.»
Por escrito presentado el 31 de Mayo de 2.006 el Letrado Consistorial Don Antonio Cabrero Martínez interpuso recurso de apelación contra dicha resolución solicitando se dictara Sentencia por la que se revocara el auto recurrido y en su lugar desestime la suspensión del acto interesada de contrario.
Por providencia de 26 de Junio de 2.006 se admitió a trámite el recurso se dio traslado del mismo al Procurador Don Jorge Laguna Alonso en nombre y representación de la entidad «Lavados Baleares S.A.» que presentó escrito el día 25 de Julio de 2.006 impugnando el recurso de apelación interpuesto de contrario, con base en los hechos y argumentos jurídicos que tenía por pertinente solicitando que en su día previa la tramitación del oportuno recurso este Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictara Sentencia por la que se desestimara el recurso de apelación.
Por providencia de 27 de Julio de 2.006 se acordó elevar la pieza de separada de suspensión del acto administrativo a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta sección segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don Juan F López de Hontanar Sánchez, señalándose el día 2 de Noviembre de 2.006 para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación.
En la tramitación de este recurso se han...
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