STSJ Comunidad Valenciana 145/2008, 17 de Enero de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2008:159
Número de Recurso4264/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución145/2008
Fecha de Resolución17 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Social

145/2008

Recurso contra Sentencia núm. 4264 de 2.007

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

En Valencia, a diecisiete de enero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 145 de 2.008

En el Recurso de Suplicación núm. 4264/07, interpuesto contra la sentencia de fecha 13-10-06, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 13 de Valencia, en los autos núm. 234/06, seguidos sobre DESPIDO NULO, a instancia de D. Jesus Miguel Y D. Leonardo, asistidos de Dª Carmen Camacho Vidal, contra CINEMATOGRÁFICA VALENCIA, S.L., representada por el Letrado D.José Luis Diaz Muñoz; D. Eugenio ; AYCINE, S.L, AYCINE DISTRIBUCIÓN S.L, ODALAS FILM S.L., representados por el Letrado D. José Luis Medina Castaño,; MULTICINES VALDEPEÑAS y en los que es recurrente los codemandados CINEMATOGRÁFICA VALENCIA, S.L.; AYCINE S.L.; AYCINE DISTRIBUCIÓN S.L. Y ODALAS FILSM S.L. habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 13-10-06 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando las demandas formuladas por D. Leonardo Y D. Jesus Miguel, contra las empresas CINEMATOGRÁFICA VALENCIA, S.L.; AYCINE S.L., AYCINE DISTRIBUCIÓN, S.L.; ODALAS FILMS, S.L., MULTICINES VALDEPEÑAS, y D. Eugenio debo declarar y declaro Nulas las extinciones de los contratos de los demandantes efectuadas por la demandada Cinematográfica Valencia, S.L. el 13.02.06, y resuelto el contrato de trabajo que unía a los trabajadores con esta empresa en la fecha de esta sentencia, condenando solidariamente a los demandados, con las excepciones que se dirá, a que, no siendo posible la readmisión por encontrarse cerrada la empresa Cinematográfica Valencia, abonen al Sr. Leonardo la cantidad de 41.166,51 euros (798,78 días de salario) en concepto de indemnización y 12.523,90 euros como salarios de tramitación, y al Sr. Jesus Miguel la cantidad de 63.781,09 euros (806,25 días de salario) en concepto de indemnización y 19.222,33 euros como salarios de tramitación. Absolviendo a los demandados Multicines Valdepeñas, y a D. Eugenio de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "Primero.- Los dos demandantes que a continuación se dirá, han venido prestando servicios para la demandada Cinematográfica Valencia, S.L., con domicilio social en Valencia Calle ceramista Ros, número 15, lugar en que los actores desempeñaban su trabajo: Don Leonardo, con D.N.I. Num. NUM000, con antigüedad de 1.01.1989, categoría de Jefe de Almacén, y salario de 1.546,16 euros mensuales con prorrata de pagas extraordinarias, sin ostentar ni haber ostentado cargo de representación de los trabajadores. Don Jesus Miguel, con D.N.I. Núm. NUM001, con antigüedad de 9.11.1988, categoría profesional de Programista y salario de 2.373,25 euros con prorrata de pagas extraordinarias, sin ostentar ni haber ostentado cargo representativo de los trabajadores. Los dos actores trabajaron siempre en esta empresa demandada, salvo un breve tiempo en que lo hicieron también en la codemandada Odalas Films, S.L. por un problema que hubo en esta empresa (Confesión de los demandantes). Segundo.-1. La empresa Cinematográfica Valencia, S.L. (en lo sucesivo empresa Cinematográfica) se constituyó por tiempo indefinido con inicio de operaciones el 26.10.1988, siendo inicialmente su objeto social "la distribución, venta y alquiler de películas cinematográficas y magnetoscópicas y servicios audiovisuales en general". A partir del 17.10.03 su objeto social se amplió al de "exhibición de películas cinematográficas"; y finalmente, mediante escritura otorgada el 23.01.04 subsanada por escritura de 14.10.05, se modificó el artículo 2° de sus Estatutos con la siguiente redacción:"El objeto social lo constituirá la distribución, venta, alquiler y exhibición de películas cinematográficas y magnetoscópicas y servicios audiovisuales en general. Y la compra, venta, administración, arrendamiento no financiero, promoción, urbanización y explotación bajo cualquier forma o modalidad de fincas rústicas o urbanas. Estas actividades podrán ser desarrolladas en forma parcial y directa o indirectamente mediante la titularidad de acciones o participaciones de Sociedades de idéntico o análogo objeto"(Foho 148 doc.actora) El capital social que en la fecha de la constitución de esta S.L era de 12.020,24 euros fue aumentado a 60.101,20 euros mediante escritura de 23.01.04 subsanada por escritura de

14.10.05 (Folio 148, doc. actora). En la fecha del despido de los actores la empresa Cinematográfica era propietaria de un piso y dos plazas de garaje en la Avda de Francia de Valencia, adquiridos el 30.04.01 por valor de 210.354,23 euros(Folios 177 a 202 actora). Es también propietaria la empresa de las dos plantas bajas que constituían el centro de trabajo de calle Ceramista Ros, adquiridos el

20.07.200 por valor de 252.425,08 euros cada una de ellas.(Folios 203 a 220 actora). Esta misma empresa demandada adquirió el 29.04.2003 los derechos de arrendamiento financiero con opción de compra por título de cesión sobre una finca ubicada en la Avda del Sur s/n de Valdepeñas (Ciudad Real), constituida por una nave industrial destinada a salas de cine y restauración, compuesta de planta baja, primera y altillo; correspondiendo el dominio a Bancaja que la tiene cedida en régimen de arrendamiento fínaciero o Leasing con derecho de opción de compra al vencimieno del plazo contractual, siendo el precio escriturado de

5.955.719,71 euros in crementado en 952.915,93 por IVA (folios 221 a 223 parte actora). La S.L Cinematográfica Valencia se constituyó por tres socios: D. Eugenio, D. Luis Francisco y D. Jorge. El 7.05.01 la Junta General acuerda que la S.L. sea regida por D. Eugenio y sus hijos Luís y María Dolores; y por acuerdo idela Junta General de 20.07.05 renunciaron a sus cargos de administradores solidarios los tres citados, nombrándose Administrador Único a D. Eugenio, acuerdos elevados

í públicos por escritura de 21.07.05. 2. La demandada Aycine, S.L. se constituyó por tiempo indefinido iniciando sus operaciones el 29.04.1994; siendo su objeto social en la fecha de constitución la exhibición y distribución de películas cinematográficas y videos en salas de cine y la gestión de salas cinematográficas; 'el domicilio social se fijó en Sevilla, Calle Espinosa y Cárcel 31; constituyéndose por tres socios: D. Eugenio y sus hijos D. Luís y Doña María Dolores, que en Junta General de 29.07.96 son nombrados administratores solidarios. Por Junta General celebrada el 20.07.05 se acepta la renuncia de estos administradores solidarios, nombrándose Admnistrador Único a D. Eugenio, elevándose a públicos los acuerdos el

21.07.05. Esta S.L. dedicada a la actividad de exhibición de películas, con el domicilio social que se ha dicho de Sevilla, tiene tres centros de trabajo, uno en calle Postas, 2 de Aranda de Duero y otro en Corredera Baja de S. Pablo, 39 de Madrid. El tercero ubicado en Avda del Sur s/n de

Valdepeñas (C.Real), fue alta en Seguridad Social el 9.10.03, tiene una plantilla actual de 13 trabajadores, habiéndose contratado 11 de ellos entre el 20.06.05 y el 5.05.06, entre los que se encuentran 2 trabajadoras que lo eran de Cinematográfica Valencia, a las que después se aludirá. 3. La demandada Aycine Distribución S.L., antes denominada Julio Sánchez S.A, inició su operaciones el 3.12.85, siendo su objeto social los servicios y suministros cinematográficos de todo tipo que no implique producción; siendo su último domicilio el de Carretera Boadilla

KM. 7 de Majadahonda (Madrid). Por Junta General de 24.01.97 se nombran administradores solidarios a D. Eugenio y sus hijos Luís y María Dolores; y por Junta General de 20.07.05 renunciaron a sus cargos los administradores solidarios y se nombró administrador único a D. Eugenio, elevándose a públicos los acuerdos mediante escritura de 21.07.05.

  1. La empresa Odalas Films, S.L. inició sus operaciones el 4.04.1984, con objeto social de distribución y exhibición de películas, tanto en territorio nacional como en el extranjero, fijando su domicilio en Sevilla, calle Espinosa y Cárcel, 31; siendo su último domicilio social el de Calle Falencia 39 y 41 de Barcelona. El 20.07.07 la Junta General aceptó la renuncia a sus cargos de los que eran sus administradores solidarios D. Eugenio y sus hijos Luís y María Dolores, nombrándose Administrador Único a D. Eugenio, acuerdo elevados a públicos por escritura pública otorgada el 21.07.05.

  2. La demandada Multicines Valdepeñas, con domicilio en Valdepeñas (C.Real), carece de cuenta de cotización en la S.S. y responde a una denominación comercial de los negocios de cine y restauración ubicados en Avenida del Sur s/n de dicha localidad en la finca que antes se ha dicho cuyo pleno dominio corresponde a Bancaja, que la tiene cedida en régimen de arrendamiento financiero o leasing a Cinematográfica Valencia S.L. Tercero.- La demandada Cinematográficas Valencia, S.L. remitió a los dos demandantes cartas de idéntico contenido fechadas el 13 de enero de 2006 en las que les comunicaba la decisión de la empresa de dar por rescindido su contrato de trabajo, "debido a la necesidad objetivamente acreditada de amortizar los puestos de trabajo de la totalidad de la plantilla por causas económicas al amparo de lo establecido en el artículo 52.c) en relación con el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores ". La efectividad de la extinción del contrato tendría lugar el 13 de febrero de 2006, disponiendo desde el día de entrega de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR