STSJ Comunidad de Madrid 50/2005, 21 de Enero de 2005

PonenteGERVASIO MARTIN MARTIN
ECLIES:TSJM:2005:425
Número de Recurso796/2001
Número de Resolución50/2005
Fecha de Resolución21 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

D. ALFONSO SABAN GODOYD. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. GERVASIO MARTIN MARTIN

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00050/2005

Proc. Dª Isabel TORRES RUIZ

A del E

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

RECURSO Nº 796 de 2001

PONENTE Sr. Gervasio Martín Martín

S E N T E N C I A Nº 50

Presidente Ilmo. Sr.

D. Alfonso Sabán Godoy

Magistrados Ilmos. Sres.

Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

En Madrid a veintiuno de enero de dos mil cinco

Visto por la Sala del margen el recurso nº 796 de 2001 interpuesto por la Procuradora Sr. Torres Ruiz en nombre y representación de D. Ricardo contra la Resolución del Tribunal Económico Regional de Madrid de 28 de marzo de 2001 que desestimó la reclamación efectuada por el actor en relación a la valoración catastral efectuada por el Ayuntamiento de Leganés respecto de un inmueble de su propiedad para el ejercicio de 1999 por un importe de 15.063.533 pesetas. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía

La cuantía del recurso es inferior a 150.000 euros

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 26 de junio de 2001 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 13 de enero de 2005 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Gervasio Martín Martín.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna por la representación procesal del actor la Resolución del Tribunal Económico Regional de Madrid de 28 de marzo de 2001 que desestimó la reclamación efectuada por el actor en relación a la valoración catastral efectuada por el Ayuntamiento de Leganés respecto de un inmueble de su propiedad para el ejercicio de 1999 por un importe de 15.063.533 pesetas.

Se impugna, por un lado, la resolución en base a que el acto administrativo recurrido no estuvo suficientemente motivado, ya que no aparecen los criterios por los que se llegó a ese determinado valor en la notificación efectuada del valor catastral asignado a la vivienda. Por otro lado, también se alega que no se tuvo en cuenta que la vivienda es de protección oficial , con lo que se la valora por un precio superior al de mercado.

SEGUNDO

Debe afirmarse que en caso de que se aceptasen las tesis de la parte actora se produciría por vía indirecta una modificación de los valores de la Ponencia, y ello podría haber sido impugnado en su día conforme a lo previsto en el art. 70. 3 de la Ley de Haciendas Locales, y a la doctrina del Tribunal Supremo, reflejada en la Sentencia TS 3ª, Sección 2ª, de 13 de junio de 1997, que no reconoció la posibilidad de...

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