STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Noviembre de 2002

PonenteJOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA
ECLIES:TSJCV:2002:11582
Número de Recurso1150/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V. Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° "1150/99 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a veintinueve de noviembre de dos mil dos En la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE Mª ZARAGOZA ORTEGA, Presidente D. JOSE BELLMONT MORA y D. FERNANDO NIETO MARTIN Magistrados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA N° 1913/02 En el recurso contencioso administrativo n° 1150/99 interpuesto por la mercantil RODRIGUEZ VIÑALS S.L. representada por la Procuradora Doña María Rosa Ubeda Solano y por el Letrado D. Francisco Hurtado Orts defendida contra acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Torrevieja (Alicante) puntos 27 y 28 y contra desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra dicho acuerdo; contra Decreto de la Alcaldía de 4 de noviembre de 1999 contra la desestimación tácita de la petición formulada por la empresa el 27 de octubre de 1999 y contra, también, la desestimación tácita del recurso de reposición presentado el 12 de mayo 2000 habiendo sido parte en los autos el Ayuntamiento de Torrevieja, representado por el Procurador D. Alberto Ventura Torres y defendido por el Letrado D. José

Ortiz Ríos y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE Mª ZARAGOZA ORTEGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia anulando los actos administrativos recurrido, reconociendo el derecho de la actora a tener por recibido el estudio objeto del concurso, abono de las certificaciones libradas, intereses legales y devolución del aval con gastos de mantenimiento.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba se declarase la plena conformidad a derecho de los actos y resoluciones administrativas impugnadas.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 26 noviembre de 2002 QUINTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto de este recurso contencioso administrativo los acuerdos de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Torrevieja (Alicante), tomados en sesión de fecha 4 de junio de 1999, sobre informe de Secretaria relativo al estudio de diagnóstico y plan de mejora organizativa para el Ayuntamiento (punto 27), e informe de dicha Secretaria referente a las certificaciones del servicio "estudio de personal" emitidas por la empresa RODRIGUEZ VIÑALS S.L. (punto 28), así como contra la desestimación presunta del recurso de reposición potestativo formulado contra dichos acuerdos; ampliando luego este recurso al Decreto de la Alcaldía de 4 noviembre de 1999 que desestimaba expresamente aquellos recursos de reposición, así como contra la desestimación tácita de la petición formulada por la empresa el 27 de octubre 1999 interesando la recepción del trabajo ya finalizado y encuadernado, abonando las certificaciones pendientes con devolución de las garantías constituidas y contra la también desestimación tácita del recurso de reposición presentado el 12 de mayo 2000.

La citada empresa, que actúa como parte actora en este recurso expone en su demanda, que el Ayuntamiento de Torrevieja remitió a la Oficial Mayor "pliego de condiciones técnicas y económico - administrativas particulares, que han de regular la contratación de la asistencia técnica para la realización de un "estudio de diagnóstico y plan de mejora organizativa para el Excmo. Ayuntamiento de Torrevieja".

Señala la Intervención que existe crédito disponible para la contratación de la asistencia técnica, pasando para dictamen de la Comisión informativa de Personal y Región Interior el 12 de junio 98, publicándose con posterioridad el anuncio de licitación, y previas las publicaciones necesarias, la empresa recurrente presenta su oferta. Durante este proceso de licitación, la Secretaria del Ayuntamiento emite informe señalando error en la calificación del contratista, por lo que se procede a la adecuada rectificación que es asumida por la Comisión de Gobierno el 21 de agosto de 1998, y así figura en el anuncio de la licitación. La mercantil recurrente, por escrito presentado por la Subdelegación del Gobierno en Baleares el 25 de agosto 1998, optó por el concurso licitado, comunicándolo al Ayuntamiento mediante fax, señalándose por éste, a correo seguido, que según el art. 100 del Reglamento General de Contratación del Estado, aprobado por D 3410/75, las proposiciones contractuales han de ser entregadas en mano en las dependencias en el Ayuntamiento existiendo un desconocimiento total, por parte de éste, de la normativa vigente (Ley 30/92 art. 33.4.). Consta en el expediente que el 31 de agosto...

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