STSJ País Vasco , 26 de Octubre de 2004

PonenteEMILIO PALOMO BALDA
ECLIES:TSJPV:2004:2400
Número de Recurso1862/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Social

Voces:

· Controversias sobre desempleo SENT RECURSO Nº: 1862/2004 N.I.G. 48.04.4-03/008629 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a veintiseís de Octubre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DON JUAN CARLOS ITURRI GARATE, Presidente en funciones, DOÑA MARIA JOSE MUÑOZ HURTADO, y DON EMILIO PALOMO BALDA, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Gonzalo contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Bilbao de fecha dieciséis de Marzo de dos mil cuatro , dictada en proceso sobre Desempleo (RDE), entablado por el hoy recurrente frente al INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. EMILIO PALOMO BALDA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. ).- El demandante D. Gonzalo , con D.N.I. nº NUM000 , afiliado a la Seguridad Social con el nº

    NUM001 estuvo prestando servicios para la entidad SISTEMAS FORJADOS DE PRECISION S.A.L, dedicada a la actividad de forja y estampación en caliente, en el centro de trabajo de Elorrio desde el 1 de marzo de 2001 2º).-La entidadSISTEMAS FORJADOS DE PRECISION S.A.(S.F.P.) presentó ERE el 18 de febrero de 2003 ante el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social solicitando autorización para la extinción de contratos de ocho trabajadores, entre ellos el actor. En el ERE la entidad SFP presentaba una menoria, un plan social de acompañamiento y un Acta de Conformidad de los trabajadores , documentación en la que se expresaba que en virtud y según los previsto en la Disposición Transitoria 4º del Real Decreto Ley 5/02 de 24 de mayo no podrá capitalizarse la prestación de desempleo cuando se pretenda capitalizar para la misma empresa en la que previamente se hubiere cesado, por lo que este Real Decreto impide capitalizar a los trabajadores con contrato de obra o eventual y cuyo destino inmediato era su incorporación como socio previa aquella capitalización en SFP. Con esta nueva regulación nos encontramos con el hecho objetivo de que estos trabajadores que prestan su relación laboral al amparo de contratos de obra o contratos eventuales(pero que ostentan en realidad la condición de fijos) no van a poder nunca integrarse como socios en SFP vía capitalización de desempleo.... en este estado de cosas la compañía ha optado por reducir su actividad, estructura y medios a las posibilidades que se derivan de la prestación del trabajo de sus trabajadores-socios, rescindiendo los contratos de trabajo de aquellos trabajadores fijos que no pueden ostentar esa condición de socios ......Se prevé que el grupo de trabajadores excedente constituyan a su vez una SAL que se haga cargo vía compra de los activos que se desafectan como consecuencia de esta reducción de actividad. El Plan Social de acompañamiento al Expediente de Regulación de Empleo, fechado y firmado el 04.02.03 por el Gerente y Consejero Delegado de la empresa "Sistemas Forjados de precisión (S.F.P.) S.A.L., establece, entre otras, las siguientes medidas: - La constitución de una Sociedad Anónima Laboral entre los trabajadores afectados por el expediente. - El apoyo externo a este nueva sociedad, centrado en la Agrupación de Sociedades Laborales de Euskadi, ASLE y en la empresa "Sistemas Forjados de Precisión (S.F.P.) S.A.L. - La aportación de los socios fundadores, de la prestación por desempleo percibida en su modalidad de pago único. - La previsión del capital social de la nueva sociedad, el cual será destinado a la adquisición de la maquinaria que la empresa "Sistemas Forjados de Precisión (S.F.P.) S.A.L." desafectará por la reducción de actividad. - La concertación entre la nueva sociedad anónima laboral y la empresa "Sistemas Forjados de Precisión (S.F.P.) S.A.L." de un contrato mercantil estable, subcontratándose parte de la producción. Ambas partes consideran que dicha relación industrial cubre inicialmente todas las necesidades de la nueva sociedad. -Igualmente prevé, la cesión en arrendamuiento de parte de sus dependencias industriales para que la nueva sociedad desarrolle allí su actividad.

  2. ).-El ERE fue aprobado por resolución del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco de 17 de marzo de 2003, previo informe de la Inpección de Trabajo favorable a la medida propuesta.

  3. ).- El actor cesó en la entidad SFP S.A.L el 11 de mayo de 2003.

  4. ).- El actor, junto con los otros siete trabajadores de SFP S.A.L. a quienes se había extinguido su contrato por ERE constituyeron mediante escritura pública autorizada por Notario el 12 de mayo de 2003 la entidad TROQUELERIA INGENIERIA ZUMELEGI S.A.L. con un capital social de 60.116 euros representado por 60.116 participaciones sociales suscribiendo el actor 8588 acciones, el objeto social es el establecido en el art. 2 de los estatutos y se refiere a la adquisicón, venta, diseño y fabricación de troqueles, matrices, punzones o utillajes para su empleo en maquina sindustriales, trabajos de mecanización de piezas y troquelería para la industria en general, trabajos relacionados con piezas metálicas, etc. 6º).- Con fecha 15-5-03 las entidades Sistemas Forjados de Precisión S.A.L. y Troquelería Ingenieria Zumelegi S.A.L. suscribieron un contrato de arrendamiento de la superficie que ocupa la maquinaria propiedad de Troquelería Ingenieria Zumelegi S.A.L, se dice que 200 mts maquinaria que perteneciendo a SFP fue adquirida por la nueva entidad, con los elementos comunes necesarios para la utilización de la maquinaria y bajo el amparo de la localización del mismo lugar y centro de trabajo, esto es en Elorrio calle Beatside nº 8.

  5. ).- El actor el 12 de mayo de 2003 solicitó prestación por desempleo que es reconocida por resolución del Director Provincial del INEM de 27 de mayo de 2003 con una base reguladora de 64,82 euros/día y 420 días de duración.

  6. ).- Con la misma fecha, 12-5-03 el actor solicitó el abono de la prestación de desempleo en la modalidad de pago única para incorporarse como socio trabajador de la sociedad laboral Troquelería Ingenieria Zumelegui S.A. de nueva creación aportando memoria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR