STSJ Canarias 227/2008, 25 de Febrero de 2008

PonenteIGNACIO JOSE DUCE SANCHEZ DE MOYA
ECLIES:TSJICAN:2008:1007
Número de Recurso951/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución227/2008
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de febrero de 2008.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres

D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández Presidente, D./Dña. Mª Jesús García Hernández y D./Dña. Ignacio Duce Sánchez De Moya (Ponente) Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª Carmela contra la sentencia numero 000117/2007 de fecha 15

marzo 2007 dictada en los autos de juicio nº 0000075/2007 en proceso sobre DESPIDO, y entablado por D./Dña. Carmela, contra AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOME DE TIRAJANA.

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Ignacio Duce Sánchez De Moya, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

PRIMERO

La parte actora, ha venido prestando servicios para la demandada, con una antigüedad de 4-2-05, categoría de psicólogo y salario de 88,64 Euros diarios.

SEGUNDO

El iter contractual de la actora es el siguiente: contrato para obra o servicio determinado de 4.205 para "acomp. Y seg. Dirig. Mujeres Vich. violencia", prorrogado el 1-1-06 por un año, contrato que consta en autos y se da por reproducido.

TERCERO

La actora recibió escrito de la demandada comunicación de la finalización de la relación laboral el día 31-12-06 por expiración del término.

CUARTO

Por parte de la entidad demandad y el Cabildo se firmó un convenio de 1-3-04 para la promoción y el desarrollo de programas concertados en el marco de los servicios sociales y socio sanitarios, addendado en fecha 15-10-04 por el que se establece una subvención para el acompañamiento y seguimiento dirigidota mujeres víctimas de la violencia de género física y psicológica que no requieran acogimiento para los años 2004 a 2006. Documentos que constan en autos y se da n pro reproducidos.

No consta que se haya concertado la concesión de una nueva subvención.

QUINTO

La actora no es ni ha sido en el año anterior a su cese representante legal o sindical de los trabajadores.

SEXTO

Se agotó la viña previa.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: Que desestimando la demanda por despido origen de las presentes actuaciones, promovida por Doña Carmela contra el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajanadebo absuelvo a la demandada de los pedimentos efectuados en su contra.

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación la parte actora, que no fue impugnado de contrario

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia que desestimó la demanda se alza la actora en suplicación alegando dos motivos de revisión fáctica y otro de censura jurídica.

SEGUNDO

Con amparo en el apartado b) del art. 191 LPL la parte recurrente propone la siguiente redacción para el hecho probado 4º de la sentencia impugnada: "Por parte de la entidad demandada y el Cabildo se firmó un convenio de 1-3-2004 para la promoción y el desarrollo de programas concertados en el marco de los servicios sociales y socio sanitarios, addendado en fecha 15 de octubre de 2004 por el que se establece una subvención para el "Acompañamiento y seguimiento dirigido a mujeres victimas de la violencia de genero fisica y psicológica que no requieran acogimiento" para los años 2004 a 2006. Documentos que constan en autos y se dan por reproducidos. La subvención tenia una cuantia de 15.471,88 euros para 2004, 63.682,26 euros para 2005 y 63.682,26 euros (pendiente de IPC) PARA 2006.

El pleno del Cabildo Insular de Gran Canaria de fecha 22 de diciembre de 2006 aprobó los Convenios de Colaboración entre el Cabildo de Gran Canaria y Ayuntamiento y Entidades Sociales, para la promoción y desarrollo de programas concertados, en el marco de los servicios sociales y sociosanitarios, cuyo objeto es el establecimiento del sistema social de prevención y protección integral de las victimas de violencia de género. Para 2007 se ofrecen tres lineas de subvención al Ayuntamiento de San Bartolome de Tirajana:

- Programa prevención y apoyo a mujeres victimas de la violencia de género (piso tutelado), con 75.377,446 euros.

- Acompañamiento y seguimiento dirigido a la mujer, con 67.756,648 euros.

- Prevención y sensibilización ante la violencia de género por 51.297,539 euros."

Basa su pretensión en los folios 51 y siguientes y 78 de los autos que contienen los documentos relativos al convenio de colaboración entre el Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de San Bartolome de Tirajana para el establecimiento de un sistema social de prevención y protección integral de las victimas de violencia de genero.

Y como dichos documentos incluyen todos los datos recogidos en la nueva redacción propuesta ha de ser acogida.

TERCERO

Con igual amparo la misma parte solicita la adición de un nuevo hecho probado con el siguiente texto: "El dia 14 de diciembre 2006 la Alcaldesa del Ayuntamiento comunicó, en referencia al negociado...

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