STSJ Cataluña , 2 de Mayo de 2005

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
ECLIES:TSJCAT:2005:5543
Número de Recurso1464/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO ORDINARIO (LEY 1998)1464/2000 Partes: PLAVIC S.L. C/ T.E.A.R.C. Codemandado: CAMBRA OFICIAL COMERC INDUSTRIA NAVEGACIO BARCELONA S E N T E N C I A Nº 464 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE Dª . ANA MARIA APARICIO MATEO MAGISTRADOS D. JUAN BERTRAN CASTELLS D. MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a dos de mayo de dos mil cinco .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

1464/2000, interpuesto por PLAVIC S.L., representado por el Procurador ERNEST HUGUET FORNAGUERA, contra T.E.A.R.C. , y contra CAMBRA OFICIAL COMERC INDUSTRIA NAVEGACIO BARCELONArepresentado por el Procurador sR. QUEMADA.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRAN CASTELLS , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador ERNEST HUGUET FORNAGUERA actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contraRESOLUCION DE 14/6/00 RECAIDA EN RECLAMACION Nº 08/3915/99 INTERPUESTA CONTRA ACUERDO DICTADO POR CONCEPTO DE RECURSO CAMERAL PERMANENTE . .

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

.Continuando el proceso su curso por los tramites que aparecen en autos., se señaló dia y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como se ha adelantado en los antecedentes de hecho, el presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la resolución dictada el 14/06/00 por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña, que desestima la reclamación económico administrativa 08/3915/99, formulada por el recurrente...

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