STSJ Galicia , 10 de Julio de 2000
Ponente | JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2000:6147 |
Número de Recurso | 7358/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 10 de Julio de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO DE APELACION NUMERO: 03 /0007358 /2000 APELANTE: EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE A CORUÑA APELADO: AUTOPISTAS DEL ATLÁNTICO, S. A. PONENTE: D/ña. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ EN NOMBRE DEL REY LaSala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 628/2000 Iltmos. Sres:
D. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ, Presidente D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ En la Ciudad de A Coruña, diez de julio de dos Mil. En el recurso de apelación que, con el número 03 /0007358 /2000 pende de resolución ante esta sala, interpuesto por EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE A CORUÑA, representado y dirigido por el Letrado D/ña. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LOPEZ, contra Sentencia de 4-2-2000 estimando el recurso contra resolución de la Diputación Provincial de A Coruña sobre reconocimiento de reducción de la base imponible del Impuesto Bienes Inmuebles, procedimiento ordinario 29 /99., dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo num. 3 de A Coruña Es parte apelada AUTOPISTAS DEL ATLÁNTICO S. A. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ
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Dictada sentencia por el Juzgado de instancia y notificada, se interpuso contra la misma recurso de apelación que fue tramitado en forma, con el resultado que obra en las actuaciones, sin que ninguna de las partes hubiesen solicitado la practica de pruebas ni la celebración de vista pública, por lo que, se su día, se acordó dar traslado de las actuaciones al ponente para resolver el recurso.
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En la tramitación del recurso se observaron las prescripciones legales, a excepción del plazo para dictar sentencia, por la cantidad de asuntos pendientes en la Sala.
Seaceptan sustancialmente los considerandos de la sentencia apelada y, I. Se impugna la resolución de la Diputación Provincial de A Coruña de 7 de septiembre de 1999 por la que se deniega la bonificación fiscal del 95 % sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a la sociedad recurrente AUDASA, en base que el tramo Guisamo-Miño sito en el término municipal de Betanzos forma una sola finca con un valor catastral de 255.236.363 ptas las cuales están sujetas íntegramente al referido Impuesto pero entendiendo que al tratarse de una nueva concesión adjudicada en licitación pública no se encuentra comprendido en el...
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