STSJ Asturias , 11 de Abril de 2001
Ponente | JULIO LUIS GALLEGO OTERO |
ECLI | ES:TSJAS:2001:1714 |
Número de Recurso | 320/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 11 de Abril de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 320/98 RECURRENTES: DON Jose Carlos .
LETRADO: DON LUIS GARCIA LOPEZ DEL VALLADO RECURRIDO: MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA SENTENCIA NUM. 397 ILMO. SR. PRESIDENTE D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS SRES. MAGISTRADOS D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO En Oviedo, a once de abril de dos mil uno. Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionado al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 320 de 1.998, seguido por las normas que en materia de personal establecen los arts. 113 y s s de la Ley reguladora de esta jurisdicción, interpuesto por el Letrado Sr. García López del Vallado en nombre y representación de DON Jose Carlos , contra la Resolución dictada por el Secretario de Estado de Educación del Ministerio de Educación y Cultura, por la que se le deniega la concesión de beca, para el curso académico 95/96 en su componente de ayuda compensatoria.
Estando la Administración demandada representada por el Sr. Abogado del Estado.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO.
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de quince días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 4 de diciembre de 1.998, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dicte sentencia por la que a)
declare nula, anule o revoque y deje sin efecto la resolución impugnado b) Reconozca y declare que procede la concesión a mi mandante de la ayuda compensatoria en cuantía de 261.000 pts. Por medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.
Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de quince días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, suplicando que previos los trámites oportunos, se dicte sentencia por la que se declare la conformidad a Derecho de la Resolución impugnada, se inadmita el presente recurso.
Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.
Se señaló para votación y Fallo el día 4 de abril, fecha en que tuvo lugar dicho acto.
La parte recurrente...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba