STSJ Comunidad de Madrid 476/2000, 27 de Abril de 2000

PonenteMARIA ISABEL ALVAREZ TEJERO
ECLIES:TSJM:2000:16214
Número de Recurso21552/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución476/2000
Fecha de Resolución27 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUM.- 476

Iltma. Sra. Magistrado

Doña María Isabel Alvarez Tejero

En la Villa de Madrid a veintisiete de abril de 2000.

Vistos por la Sra. Magistrado del margen, de esta Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo numero 21.552/99, interpuesto por el letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Don Juan Carlos Saiz Nicolás, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil DAS SA., contra la resolución del Concejal Delegado de Hacienda, Decreto de 2 de junio de 19976 , estimatorio en parte del recurso ordinario interpuesto frente al expediente 14948151, que estimo el recurso en lo relativo a la Providencia de Apremio 265350.3 y lo desestimo en relación con las providencias de apremio 265348.5, 265349 7, 301620.1, 314001.5, 341052.3, 324703.0 y 324711.9 por multas de circulación. Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por la Procuradora Sra Zulueta Luchsinger.

ANTECEDENTES DE DERECHO

PRIMERO

Que previos los trámites oportunos, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito, presentado en el Registro General de este Iltmo. Tribunal en fecha 9 de junio de 1.999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos, concluyó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada, no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 8 de julio de 1999, en que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida, habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, que se acordó por Auto de 9 de julio de 1.999 , con el resultado que obra en autos.

TERCERO

Que por Diligencias de Ordenación de la Sala de fechas obrantes en las actuaciones y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concede a las partes el término de quince días para concluir por escrito, con el resultado que consta en autos, señalándose tras ello fecha para fallo del presente recurso el día 26 de abril de 2.000, teniendo así lugar.Siendo Magistrada Ponente la Iltma. Sra. Doña. María Isabel Alvarez Tejero, en virtud de lo establecido en la Disposición Transitoria Única, punto 2, de la Ley 6/1998, de 13 de julio , de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Concejal Delegado de Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, de fecha 11 de Abril de 1997, por el que se desestimó el recurso ordinario interpuesto en el expediente número 14948151, en lo relativo a las providencias de apremio 265348.5, 265349.7, 301620.1, 314001.5, 341052.3, 324703.0 y 324711.9, por sanciones de tráfico impuestas en diferentes fechas por no atender el requerimiento del Ayuntamiento de identificar al conductor del vehículo infractor, matrícula M-1044-OJ propiedad de la entidad mercantil DAS SA. hoy recurrente.

SEGUNDO

La impugnación deducida se fundamenta, en vanas alegaciones, que en aras del principio de celeridad y eficacia que debe impregnar el procedimiento judicial habrá que ver en primer lugar si procede examinarlas, ya que nos encontramos en un procedimiento de apremio, por lo que debemos ceñirnos a las causas establecidas con el art. 99 del Reglamento General de Recaudación de 20 de diciembre de 1 990 y art. 137 ...

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