STSJ Castilla-La Mancha , 5 de Enero de 2001

PonenteMIGUEL ANGEL PEREZ YUSTE
ECLIES:TSJCLM:2001:42
Número de Recurso1782/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1782/97 CUENCA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste SENTENCIA Nº

En Albacete, a cinco de enero de 2001.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1782/1997, del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de Doña Daniela , representada por el Procurador Sr. Cuartero Peinado y dirigida por el Letrado Sr. Ortega Fernández, contra el Ayuntamiento de Cuenca, representado por el Procurador Sr. Cuartero Peinado y dirigido por el Letrado Sr. Martínez Martínez, en materia de reclamación de daños.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Miguel Angel Pérez Yuste.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 25 de noviembre de 1997, recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Cuenca, de fecha 23 de septiembre de 1997.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que se anule el acto recurrido, reconociendo el derecho de la actora a percibir la cantidad de 451.350 pesetas, con los intereses legales desde la fecha de la reclamación, con costas.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 29 de junio de 2000.

Cuarto

Por providencia de 30 de junio de 2000, se acordó como diligencias para mejor proveer la prueba pericial solicitada por la parte actora.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

A través del presente recurso, se ejercita acción en reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Excmo. Ayuntamiento de Cuenca en cuantía de 451.350 pesetas; dicha reclamación fue denegada en vía administrativa por Decreto de la Alcaldía de Cuenca de 27 de septiembre de 1997.

La petición obedece a los daños materiales sufridos en el local del que es arrendataria en la Plaza de DIRECCION000 nº NUM000 , planta baja, a consecuencia de recalos causados por filtración de aguas pluviales y que afectaron tanto al local como a diverso género (ropa) que en aquél guardaba. Según la recurrente la filtración se produjo por un encharcamiento del pavimento de la C/ San Roque, que a su vez motivó la inundación de un registro de luz ubicado en un foso; desde aquí se filtró a un local ubicado encima del suyo y desde aquél a éste último.

Segundo

La Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAL) ha introducido algunas modificaciones en el régimen de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones...

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