STSJ Galicia , 24 de Julio de 2002
Ponente | FRANCISCO JAVIER D'AMORIN VIEITEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2002:5376 |
Número de Recurso | 7252/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 24 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NÚMERO: 7252/1998 RECURRENTE: Gabriela ADMON. DEMANDADA: CONSELLERIA DE FAMILIA, MULLER E XUVENTUDE PONENTE: D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciarlo la SENTENCIA NUMERO 896/2002 Ilmos señores:
D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ D. Juan Bautista Quintas Rodríguez D. Enrique García Llovet A Coruña. Veinticuatro de julio de dos mil dos. En el proceso contencioso administrativo que con el numero 7252/1998, pende de resolución ante esta sala interpuesto por Gabriela , con DNI NUM000 , domiciliado en c/ DIRECCION000 NUM001 (Pontevedra), representado y dirigido por el Letrado D. CARLOS JAVIER HERNANDEZ LOPEZ, contra resolución de 28/11/97 que procede al archivo del expediente FM 429 A 97/253-0 relativo a solicitud de subvención al amparo de la Orden de fecha 19/12/96 reguladora del programa EMEGA. Es parte la administración demandada CONSELLERÍA DE FAMILIA, MULLER E XUVENTUDE, representada por LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantia del asunto es indeterminada.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ.
I- Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
-
Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.
-
No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 16 de julio de 2002 fecha en que tuvo lugar.
-
En la substanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.
-
Se impugna a través del presente recurso contencioso-administrativo la resolución de la Directora Xeral del Servicio Galego de Igualdade (Consellería de Familia Muller e Xuventude), por la que se procedió al archivo de la solicitud de ayuda o subvención con cargo al programa EMEGA, que la demandante realizara al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 1996 por la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba