STSJ Asturias , 2 de Marzo de 2001

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2001:1099
Número de Recurso899/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 899/2000 45005 AUTOS N° 1201/99 OVIEDO-3 SENTENCIA N° 634/01 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a dos de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZÁLEZ, D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Salud, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Oviedo, ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª. Mariana , en reclamación de ayuda de estudios, siendo demandado el Instituto Nacional de la Salud y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintiséis de enero de dos mil por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La demandante, Dª. Mariana , presta servicios por cuenta y bajo la dependencia del Instituto Nacional de la Salud, en el Centro de Salud de Comandante Vallespín, Area Sanitaria IV-Oviedo, con categoría profesional de ATS/DE.

  2. - La demandante tiene dos hijos - Felipe y Trinidad - que en el curso escolar 98/99 realizaron estudios de 2° de la E.S.O. y 1° de la E.S.O., respectivamente.

  3. - La demandante solicitó la ayuda de estudios que le fue denegado por no ocupar plaza vacante.

  4. - La actora suscribió en su día contrato de interinidad.

  5. - La ayuda solicitada y denegada asciende a 28.000 pesetas.

  6. - La demandante ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- El Instituto Nacional de la Salud recurre en suplicación la sentencia de instancia que lo condenó a abonar a la actora la ayuda de estudios solicitada para dos de sus hijos, denunciando en un único motivo, amparado en el artículo 191 c) de la Ley de...

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