STSJ Extremadura , 30 de Octubre de 2000
Ponente | WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY |
ECLI | ES:TSJEXT:2000:2173 |
Número de Recurso | 106/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Octubre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:
SENTENCIA NUM.72 PRESIDENTE:
DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:
DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA /
En Cáceres a treinta de octubre de dos mil. Visto el recurso contencioso de apelación número 106 de 2.000, interpuesto por la apelante JUNTA DE EXTREMADURA representada y defendida por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico, recurso interpuesto contra: el Auto de 13 de julio de 2.000 del Juzgado número 1 de lo Contencioso- administrativo de Cáceres, dictado en el procedimiento de autorización de entrada en domicilio seguido en dicho Juzgado con el número 266/2.000, a instancias de la Administración Autonómica, en solicitud de entrada en el domicilio de los cónyuges Don Alfonso y Doña Rosario , en la CALLE000 , número NUM000 , de Plasencia (Cáceres), a los efectos de ejecutar el acto en virtud del cual se procedía a asumir por dicha Administración la tutela de sus hijos menores de edad, Mariano y Esther ; autorización denegada en el auto apelado.
Cuantía Indeterminada.
I.-
Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Cáceres se remitió a esta Sala recurso contencioso administrativo nº 266 de 2.000 seguido a instancia de la Junta de Extremadura en cuyo recurso se dictó Auto número 96/2.000 no concediendo el mandamiento de entrada solicitado por el Jefe del Servicio Territorial de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura.
Notificada la anterior resolución a las partes, por el Sr. Letrado de la Junta de Extremadura se interpuso recurso de apelación contra citado Auto, admitiéndose por propuesta de providencia de 6 de septiembre de 2.000, en un solo efecto, y la remisión del recurso a esta Sala de lo Contencioso Administrativo.
Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación con fecha 28 de septiembre de 2.000, y por auto de 30 de septiembre de 2.000, se admitió a trámite el presente recurso, quedando concluso para sentencia con citación de las partes.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente Don WENCESLAO OLEA GODOY que expresa el parecer de la Sala.
II.-
.
- PRIMERO.- Mediante el presente recurso de apelación suplica el...
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