STSJ Galicia , 9 de Noviembre de 2001

PonenteJOSE GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO
ECLIES:TSJGAL:2001:8210
Número de Recurso1150/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0001150 /1998 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A N° 1324/2001 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO MAGISTRADOS:

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA Dª. Mª AZUCENA RECIO GONZALEZ En la ciudad de A Coruña, nueve de noviembre de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0001150 /1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Humberto , que actúa en su propio nombre y representación, contra Resolución del Consello da Abogacía Galega de 05.06.98 confirmatorio de otra del Colegio de Abogados de Vigo de 05.03.98 sobre negativa para autorizar inclusión de aptitud laboral en anuncio de información publicitaria profesión de Abogado. Es parte como demandada CONSELLO DA AVOGACIA GALEGA representada por el Procurador D/ña. ANTONIO PARDO FABEIRO y dirigida por el letrado don José A. Araujo Hernández; siendo la cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

RESULTANDO que admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: Con fecha 16 de febrero de 1998 el recurrente solicitó el Ilustre Colegio de Abogados de Vigo la oportuna autorización para insertar en la prensa diaria un anuncio publicitario en el que figuraba como única parte rechazada y que motiva el presente recurso, lo siguiente: "Ex-Oficial primero de Notaría".- La Junta de gobierno de dicho Colegio denegó la autorización solicitada, en fecha 5 de marzo de 1999. Interpuesto recurso ordinario el Consello de la Avogacia Galega lo desestimó en fecha 5 de junio siguiente. - Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimatoria del recurso interpuesto.

RESULTANDO que conferido traslado de la demanda a la Administración demandada, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimaria del recurso.

RESULTANDO que declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

RESULTANDO que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Iltmo. Sr. DON GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

CONSIDERANDO que el demandante no comparte...

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