STSJ Asturias , 17 de Noviembre de 2000
Ponente | TOMAS MAILLO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2000:4408 |
Número de Recurso | 429/2000 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Social |
ROLLO N° RSU 429 /2000 45005 AUTOS N°: 568/99 GIJON-3 SENTENCIA N° 2.336/00 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a diecisiete de Noviembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, D. TOMAS MAILLO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Eloy , contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° 3 de Gijón, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. TOMAS MAILLO FERNANDEZ.
Según consta en autos se presentó demanda por Eloy , en reclamación de impugnación alta médica, siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUAL CYCLOPS y PROMOCIONES CASCOS, S.L. y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha diecisiete de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve por la que se desestimaba la demanda.
En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:
l.- El actor, trabajador de la empresa demandada Promociones Cascos, causó baja por I.T., derivada de accidente de trabajo cuando prestaba servicios para la empresa demandada siendo atendido en el hospital central de Asturias, donde se llevó a cabo la amputación de la falange distal del tercer dedo de la mano derecha y de los dos tercios cristales de la del primer dedo, siendo atendido posteriormente por la mutual demandada.- Con fecha 11 de mayo de 1999, la mutua extendió un parte de alta por mejoría.- El actor presenta las siguientes secuelas del accidente de trabajo: muñón derecho a nivel de 2/3 distal es de última falange de primer dedo mano derecha. Han así de falange distal de exceder o de mano derecha.
-
- Presentada papeleta de demanda de conciliación, se celebró esta con resultados de "sin avenencia".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado por la codemandada Mutual Cyclops de contrario.
Elevados los autos a esta sala, se dispuso el pase a ponente para su examen...
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