STSJ Navarra , 6 de Noviembre de 2001
Ponente | ANTONIO RUBIO PEREZ |
ECLI | ES:TSJNA:2001:1707 |
Número de Recurso | 44/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 6 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A DE A P E L A C I O N Nº
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona a seis de noviembre de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, en grado de apelación, el presente rollo nº
44/01, correspondiente a los autos procedentes del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 3 de Pamplona en el recurso contencioso-administrativo de procedimiento ordinario nº 56/00 interpuesto contra Resolución del Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Pamplona de 10-2-2000, por la que se exige, como paso previo a la concesión de licencia de construcción para la parcela 19.2 de Polígono P9F de Rochapea, la aportación de 452 Unidades de Aprovechamiento Urbanístico, recaída en expediente RUV10 (Feb-00 (25/PL), y siendo partes como apelante RESIDENCIAL AMAYA, S.A. Y CONSTRUCCIONES ANDIA, S.A. representado y defendido por D. Julian Ignacio Cañas Labairu, y como apelado AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA representado y defendido por el Letrado Sr. Armendariz, venimos en resolver en base a los siguientes
En los autos de Procedimiento Ordinario nº 56/00 seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de los de Pamplona, con fecha 12-3-01, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "RESIDENCIAL AMAYA, S.A." Y "CONSTRUCCIONES ANDIA, S.A." contra el acto administrativo referenciado en el primero de los antecedentes fácticos de la presente resolución. Sin costas".
Interpuesto recurso de apelación por la parte actora, admitido y previo traslado a la demandada, se elevaron los autos a esta Sala donde, tras formarse el rollo correspondiente, se señaló para votación y fallo el pasado 24 de octubre.
Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ.
La sentencia apelada hace una síntesis tan apretada como acertada, a nuestro juicio, de la cuestión debatida y expone, también con concisión y claridad, las razones por las que decide resolver en la forma en que lo hace: El Plan Parcial se encuentra jerárquicamente...
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