STSJ Navarra , 7 de Diciembre de 2002

PonenteFELIPE FRESNEDA PLAZA
ECLIES:TSJNA:2002:1493
Número de Recurso799/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona, a siete de diciembre de dos mil dos. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 799/01, promovido contra Resolución dictada por el Ayuntamiento de Alsasua el 15 de febrero de 2.001, por la que se aprueba de forma definitiva el Proyecto de Reparcelación de la Ampliación del Polígono Industrial de Isasia (segunda fase), siendo en ello partes: como recurrente RED NACIONAL DE LOS FERROCARRILES ESPAÑOLES (RENFE), representado por el Procurador Sr. Taberna; como demandado AYUNTAMIENTO DE ALSASUA representado por el Procurador Sr. Echauri y dirigido por el Letrado Sr. Araiz; y como codemandado D. Jesus Miguel representado por la Procuradora Sra. Moreno y dirigido por el Letrado Sr. Otazu.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación procesal de la parte actora interpuso recurso contencioso- administrativo contra resolución expresada en el encabezamiento.

SEGUNDO

Reclamado el expediente administrativo, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1.998, y una vez que fue remitido este, se dió traslado a la parte recurrente para que formulara la demanda, lo que hizo en término legal efectuando las alegaciones que se expresan en la fundamentación jurídica de esta resolución.

TERCERO

La representación procesal de la parte demandada y codemandada contestaron a la demanda, alegando la legalidad del acuerdo recurrido.

CUARTO

Las partes solicitaron el recibimiento del juicio a prueba, habiéndose acordado de conformidad con lo solicitado, y practicado la que consta en las actuaciones.

QUINTO

Se formuló por las partes el escrito de conclusiones prevenido en el artículo 62 de la LJCA.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FELIPE FRESNEDA PLAZA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se plantea en el presente recurso jurisdiccional, la impugnación del acuerdo del Alcalde del Ayuntamiento de Alsasua de 18 de Junio de 2.001 por el que se resuelven las alegaciones presentadas por RENFE respecto a la adjudicación en la aprobación inicial del proyecto de reparcelación de la segunda fase del polígono de Isasía a D. Jesus Miguel de la parcela NUM000 .

La parte recurrente alega, esencialmente, que la parcela adjudicada a D. Jesus Miguel en la aprobación inicial del proyecto de reparcelación adoptada por acuerdo de la Alcaldía de 15 de febrero de 2.001 no es ajustada a Derecho, porque tal parcela es de propiedad de la entidad recurrente, en cuyo inventario de bienes patrimoniales figura, por lo que el aprovechamiento urbanístico derivado de la actuación urbanística ha de atribuirse a dicha entidad recurrente, y no a D. Jesus Miguel .

SEGUNDO

La única cuestión a dilucidar en este procedimiento versa sobre si los aprovechamientos urbanísticos corresponden a la entidad demandante o al codemandado D. Jesus Miguel .

Para ello se ha de estar básicamente a las determinaciones del contrato por el que se procede a la cesión del inmueble por parte del Renfe a favor del reiterado codemandado, por lo que se suscita es una cuestión de interpretación de las cláusulas de dicho contrato (arts. 1.281 y ss. del CC).

Con arreglo a tales...

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