STSJ Comunidad de Madrid , 21 de Noviembre de 2002

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2002:16058
Número de Recurso2023/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO N° 2.023/99 SENTENCIA NÚM. 1.511 PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García Dª. Fátima Arana Azpitarte D. Fernando De Mateo Menéndez Dª. Francisca Rosas Carrión Dª. María Jesús Vegas Torres En la Villa de Madrid, a veintiuno de noviembre de dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2.023/99, interpuesto por el Procurador D. Florencio Araez Martínez, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE BIENES DE DIRECCION000 -ALCOBENDAS, contra la desestimación presunta del Recurso Ordinario interpuesto por la Comunidad de Bienes DIRECCION000 -Alcobendas, ante el Iltmo. Ayuntamiento de Alcobendas, contra la Diligencia de Embargo de Bienes Inmuebles y Liquidación por gastos de conservación y mantenimiento de la Parcela n°

NUM000 del Polígono NUM001 de Madrid, Finca Registral n° NUM002 del Registro de la Propiedad n°

NUM003 de Madrid; siendo parte la ENTIDAD DE CONSERVACION DIRECCION000 , representada por el Procurador D. Alejandro González Salinas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que según el art. 68 de la LJCA, se confirió traslado de la demanda al Ayuntamiento de

Alcobendas, pero éste ni contestó ni formuló alegaciones, por lo que no se le tuvo por personado en este procedimiento. Asimismo se le dio traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se llevaron a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes el término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y fallo el día 21 de noviembre de 2002, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE la Magistrada Iltma. Sra. Dª. Francisca Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Comunidad de Bienes " DIRECCION000 -ALCOBENDAS", integrada por las entidades "FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, SA", "SULZER, SEI., SA", " MONCOBRA, SA", "ISSA-COBRA, SA", "CALEFACCIÓN, AIRE Y FONTANERÍA, SL", "INSTALACIONES, MONTAJES ELÉCTRICOS Y SANEAMIENTO, SA", "DIAGNOSIS Y GESTIÓN, SA", "SCHINDLER, SA" y don Jose Antonio , ha interpuesto el presente recurso contencioso administrativo contra diligencia de embargo de bienes inmuebles dictada en vía de apremio y en fecha de...

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