STSJ Cataluña , 29 de Noviembre de 2001

PonenteFRANCISCO DIAZ FRAILE
ECLIES:TSJCAT:2001:14972
Número de Recurso153/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Rollo de apelación n° 153/2001 Partes: INMUEBLES TURÍSTICOS, S.A. C/ AYUNTAMIENTO DE SITGES SENTENCIA N° 1269/01 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. ÁNGEL GARCÍA FONTANET MAGISTRADOS D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª. PILAR GALINDO MORELL En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de noviembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación n° 153/2001, interpuesto por INMUEBLES TURÍSTICOS, S.A., representada por el Procurador D. Ramón Feixó Bergada y defendida por el Letrado D. Joan Angles Angles, contra el AYUNTAMIENTO DE SITGES, representado por el Procurador D. Francisco Javier Manjarin Albert y defendido por el Letrado D. Óscar Ripol Baz. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada contiene la parte dispositiva del siguiente tenor: "En atención a lo expuesto, he decidido: 1° Inadmitir el presente recurso contencioso-administrativo en relación a las pretensiones de anulación de las liquidaciones por Impuesto de Bienes Inmuebles correspondientes a los ejercicios de 1994 a 1998 relativos a la finca sita en la Av. Sofía s/n de Sitges. 2° Desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por el actor contra la resolución de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Sitges de fecha 8 de agosto de 2000, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la liquidación por Impuesto de Bienes Inmuebles correspondiente al ejercicio de 1999 en relación a la finca sita en la Av. Sofía s/n de Sitges, resoluciones que se estiman ajustadas a derecho. 3° No hacer condena en costas".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación por la parte actora, siendo admitido en ambos efectos, por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes; personándose en tiempo y forma como apelantes la representación procesal de Inmuebles Turísticos, S.A., y como apelada la representación procesal del Ayuntamiento de Sitges.

TERCERO

Desarrollada la apelación y no habiéndose interesado el recibimiento a prueba, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 20 de noviembre del año en curso.

CUARTO

En la substanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en apelación la sentencia número 72/2001, de 25/5, del Juzgado número 3 de este...

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