STSJ Comunidad de Madrid 1718/2006, 7 de Diciembre de 2006
Ponente | JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA |
ECLI | ES:TSJM:2006:12530 |
Número de Recurso | 2026/2003 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 1718/2006 |
Fecha de Resolución | 7 de Diciembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 01718/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
SENTENCIA 1718
RECURSO NÚM.: 2026-2003
PROCURADORA: D.ª MARÍA DOLORES DE HARO MARTÍNEZ Col. 1091
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo
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Madrid, 7 de diciembre de 2006
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2026-2003 interpuesto por la Procuradora D.ª
M.ª Dolores de Haro Martínez representación de D. Carlos, contra la
resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 26 de marzo
de 2003, sobre Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1.983; habiendo sido
parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni la celebración de vista pública o el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 28/11/2006 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna
Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 26 de marzo de 2003 en la que acuerda desestimar la reclamación económico administrativa número 28/06513/00 interpuesta contra liquidación practicada por la Dependencia de Inspección de la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, derivada de Acta número B0377420, incoada en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1.983, por cuantía de 1.137,28 € (189.227 pesetas).
El recurrente solicita en su demanda que se declare la prescripción de deuda tributaria del ejercicio de 1.983 por el transcurso de cuatro años, alegando, en síntesis, como fundamento de su pretensión que entre la fecha de la resolución de la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid declarando nula la liquidación por acta de Inspección de 1.986, hasta la interposición del recurso contra la providencia de apremio el 8 de octubre de 1.995 pasan más de 6 años, sin que tuviese conocimiento alguno de la liquidación practicada por el ejercicio de 1.983 que se debía practicar según la resolución del T.E.A.R., alegando que la notificación realizada el 2 de diciembre de 1.991 se efectúa a una persona totalmente desconocida y ajena al recurrente y la...
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