STSJ Extremadura , 16 de Enero de 2003

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2003:50
Número de Recurso249/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

La Sección de Refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 14 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS/ En Cáceres a dieciséis de enero de dos mil tres.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 249 de 2.000, promovido por el Abogado del Estado, en nombre y representación la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, siendo demandada la JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico; recurso que versa sobre: Orden de 2 de noviembre del 1.999 del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura por la que se instrumenta la adquisición de cantidades de referencia por los ganaderos al Fondo Nacional Coordinado de Cuotas Lácteas y asignación a la Reserva Nacional para el periodo 1999/2000.

Cuantía Indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO.- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO.- Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite la Iltma. Sra. Magistrada Dª ELENA MENDEZ CANSECO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala, la legalidad de la Orden de 2 de noviembre del 99 del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura por la que se instrumenta la adquisición de cantidades de referencia por los ganaderos al Fondo Nacional Coordinado de Cuotas Lácteas y asignación a la Reserva Nacional para el periodo 1999/2000. Entiende la Administración General que tal Orden en concreto su artículo 5 párrafo segundo en cuanto amplía el plazo de solicitudes previsto en la Orden del MAPA de 9 de septiembre del 99, hasta el 15 de noviembre, no es ajustada a Derecho por apartarse en cuanto a dicho plazo de la Orden de la Administración General del Estado, que lo fijaba hasta el 30 de octubre. La Administración demandada aduce con carácter previo la inadmisibilidad del presente recurso por entender que la Administración del Estado debería plantear una cuestión de constitucionalidad al amparo del artículo 59 y siguientes de la Ley Orgánica 2/79 del Tribunal Constitucional.

SEGUNDO

La cuestión primera a dilucidar es la siguiente: si para los conflictos positivos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas, ostenta competencia en...

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