STSJ Murcia 112/2008, 4 de Febrero de 2008

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2008:161
Número de Recurso19/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución112/2008
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00112/2008

ROLLO Nº: RSU 00019/2008

46050

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a cuatro de Febrero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Jesús Carlos, contra la sentencia número 0333/2007 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 10 de septiembre, dictada en proceso número 0425/2007, sobre alta médica, y entablado por don Jesús Carlos frente a Sistema Azud SA; Mutua Fremap; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El actor ha venido prestando servicios para la empresa Sistema Azud S.A. dedicada a la transformación de termoplásticos con la categoría profesional de especialista, cuando el 3/1/2007 sufrió un accidente de trabajo consistente en una fisura en el tercer dedo de la mano izquierda y en arrancamiento del cuarto dedo de la citada mano. La citada empresa tiene cubiertas las contingencias profesionales con la Mutua Fremap. SEGUNDO: La citada Mutua extendió al actor parte médico de baja el 3/1/2007 con el diagnostico de "amputación de la falange de 4º dedo y fractura de cabeza de 3° meta de mano izquierda". El día 2/4/2007 el accionante recibió parte médico de alta por curación. TERCERO: A la fecha del alta médica el demandante presenta las siguientes secuelas: Amputación de 4° dedo de la mano izquierda y pérdida de movilidad postraumática de la articulación metacarpofalángica del 3° dedo de la mano izquierda. El 22/5/2007 de Mayo de 2007 se practicó al demandante artrolisis de ambas articulaciones. CUARTO: La base reguladora diaria asciende a 44,33 euros. QUINTO: Se agotó la vía administrativa previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Desestimar la demanda formulada por don Jesús Carlos, contra la Mutua Fremap, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, y la empresa Sistema Azud S.A., absolviendo a todos ellos de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Antonio Corbalán Máiquez, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado don Ignacio Vigueras Miralles, en representación de la Mutua demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Jesús Carlos presento demanda, sobre impugnación de alta médica, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Fremap y la empresa Azud, S.A., en reclamación de que se dejase sin efecto el alta médica emitida el 2 de abril de 2007; demanda que fue desestimada por el Juzgado a quo al considerar que el alta médica por...

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