STSJ Comunidad Valenciana , 18 de Junio de 2002

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2002:6787
Número de Recurso3242/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Social

3 Rec. Contra Sent. nº 3242/01 Recurso contra Sentencia núm. 3242 DE 2.001 Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Presidente Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas Ilma. Sra. Dª. Carmen Agut García En Valencia, a dieciocho de junio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3784 de 2.002 En el Recurso de Suplicación núm. 3242/01, interpuesto contra la sentencia de fecha 12-9-01, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Castellón, en los autos núm. 750/00, seguidos sobre Alta SEGURIDAD SOCIAL. , a instancia de D. Casimiro e/v de GUARQUE, S.L. representado del Letrado D. Santiago Beltrán Mauricio, contra TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 12-9-01 dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que desestimando la demanda formulada por la empresa GUARQUE S.L, contra la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos deducidos en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Dª Rosa fue designada Consejera y Vocal del órgano de Administración de la mercantil Guarque S.L. el 13-5-94 por acuerdo de la Junta General Extraordinaria y universal de los socios con una participación en el capital social del20%.-SEGUNDO.- Por la Tesorería General de la Seguridad Social se procedió a la revisión de oficio de la documentación obrante sobe el alta en el Registro General como asimilado a trabajador por cuenta ajena de Dª Rosa , constando de alta a tiempo parcial, en la empresa Guarque S.L., resolviendo en fecha 21.6-00 cursar a tiempo completo el alta de la citada desde 1-1-98.-TERCERO.- Contra dicha resolución la empresa formuló alegaciones y posteriormente reclamación previa en fecha 24-7-00 solicitando la revocación de la resolución de la T.G.SEGURIDAD SOCIAL. de 21-6-00 la cual fue desestimada por resolución de 27-7-00.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante.

Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo...

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