STSJ Murcia , 16 de Mayo de 2001

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2001:1318
Número de Recurso1042/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

5 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 1.042/98 SENTENCIA nº. 357/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 357/01.

En Murcia a 16 de mayo de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº. 1.042/98 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 600.000 ptas., y referido a: liquidación provisional en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente a 1995.

Parte demandante:

D. Jon , representado y defendido por la Abogado Dña. Catalina Blaya Tudela.

Parte demandada:

La Administración Civil del Estado representada y defendido por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 29 de enero de 1.998 desestimatoria de la reclamación económico administrativa 30/200/97 presentada contra la liquidación provisional girada por la Dependencia de Gestión de la Delegación de Murcia de la A.E.A.T., en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio de 1995, determinando una cuota tributaria a devolver de 86.707 ptas., cuando el interesado solicitaba en su declaración una cuota a devolver de 341.615 ptas.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se anule la resolución recurrida en la parte en que desestima la pretensión del recurrente de reducir la base imponible en la cantidad de 600.000 pesetas. Se declare su derecho a efectuar dicha reducción y se le indemnice por los daños y perjuicios causados por el T.E.A.R. conforme a los artículos 141 y ss. de la Ley 30/92. Con costas Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 6-5-98 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

No ha habido recibimiento del proceso a prueba. Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 4-5-00.

II.-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por tener interés para el examen de las cuestiones que se discuten, y resultantes del expediente administrativo, se destacan los siguientes antecedentes:

1) El actor presentó declaración del IRPF, ejercicio 1995, consignado una cuota a devolver de 341.615 ptas. por deducir de la base imponible la cantidad de 600.000 ptas. pagadas en concepto de pensión compensatoria abonada a su cónyuge en cumplimiento de la resolución judicial que decidió su superación conyugal provisional.

2) La Dependencia de Gestión de la Delegación de Murcia de la A.E.A.T. tras requerir al actor para que justificara dicha deducción, giró liquidación provisional, entendiendo que no era deducible dicha cantidad, y determinando una cuota tributaria a devolver de 86.707 ptas.

3) El interesado interpuso reclamación económico administrativa frente a dicha liquidación que...

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