STSJ Canarias , 29 de Mayo de 2002

PonenteLUIS MIGUEL BLANCO DOMINGUEZ
ECLIES:TSJICAN:2002:1711
Número de Recurso960/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA NÚM. 634 Recurso núm. 960/1999 Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE D. Angel Acevedo y Campos MAGISTRADOS Dª Ana Teresa Afonso Barrera D Luis Miguel Blanco Domínguez En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de mayo del año 2002 VISTO, en nombre del Rey por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, el presente recurso interpuesto a nombre del demandante, doña Andrea , defendida por el Letrado don Juan José Rodríguez Martínez, y representada por la Procuradora doña Carmen Blanca Orive Rodríguez, contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional, Sala de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 25 de junio del 1999, en virtud de la cual se desestimaba la reclamación económico-administrativa núm. 38/00491/99 interpuesta en materia de sanciones tributarias por importe de 10.000 pesetas, cada una de ellas, habiéndose personado como parte demandada la Administración del Estado, defendida y representada por el Abogado del Estado en virtud de las atribuciones que por ley ostenta, siendo Ponente de esta sentencia el Iltmo. Sr. Magistrado don Luis Miguel Blanco Domínguez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso- administrativo ante esta Sala el 15 de octubre del 1999. Admitido a trámite, se publicaron los anuncios correspondientes y se reclamó el expediente administrativo, formalizándose demanda en la que solicitó se declare la nulidad del acto recurrido por no ser conforme a derecho

SEGUNDO

De la demanda se dio traslado a la Administración demandada que contestó a la misma oponiéndose a las pretensiones de la parte actora y pidiendo la desestimación del recurso.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta y admitida, con el resultado que obra en autos. Las partes presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, y se señaló día para la votación y fallo.

CUARTO

Se han observado los preceptos legales que regulan la tramitación del proceso contencioso- administrativo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional, Sala de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 28 de septiembre del 1999, en virtud de la cual se desestimaba la reclamación económico- administrativa núm. 38/600/1999 interpuesta en materia de sanciones tributarias, oponiendo el actor para sustentar su pretensión diversos motivos, unos atinentes al procedimiento sancionador seguido y otros relativos a la conducta por la que se le sanciona.

SEGUNDO

Por lo que se refiere al primer aspecto, señala el actor que se ha vulnerado el el artículo 34 RD 1930/1998, de 11 de septiembre, por el que se desarrolla el régimen Sancionador Tributario. Sin embargo tal vulneración no se estima que concurra.

Efectivamente el citado articulo regula un procedimiento...

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