STSJ Canarias , 30 de Noviembre de 2004

PonenteANTONIO GIRALDA BRITO
ECLIES:TSJICAN:2004:5178
Número de Recurso324/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUM. 931 ILMO. SR. PRESIDENTE D./Dña. Angel Acevedo Campos ILMO./A. SRES./AS. MAGISTRADOS/AS D./Dña. Antonio Giralda Brito (Ponente)

D./Dña. Mª Pilar Alonso Sotorrio

En Santa Cruz de Tenerife , a treinta de Noviembre del año dos mil cuatro .

Visto por esta TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. Sección Primera. con sede en Santa Cruz de Tenerife , integrada por los Sres.

Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso-Administrativo número 0000262 y 324/2003 acumulados , interpuesto por la COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS y la Entidad "TENTAHITI,S.L." , representada la primera por el Letrado de los Servicios Juridicos y la segunda por el Procurador de los Tribunales D./Dña. Joaquin Cañibano Martin y dirigido por la Abogada D./Dña. Santiago Martin Hevia , contra el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL , habiendo comparecido, en su representación y defensa el Abogado del Estado , versando sobre denegación de deducción fiscal en adquisición de bienes de inversión, cuantía 38.161.89 euros s iendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Antonio Giralda Brito, se ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Tribunal Economico Administrativo Regional por resolución de 18 de Septiembre de 2002 estimó en parte la reclamación economica presentada por la Sociedad recurrente frente a liquidación y sanción practicada por la Administración Tributaria en I.T.P. y A.J.D.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, la Administración de la Comunidad Autonoma de Canarias, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia, por la que, estimando el recurso proceda a anular la resolución recurrida, por no ser ajustada a Derecho.

Por la demandante la Entidad "TENTAHITI,S.L." se solicitó una sentencia por la que se declare no ser conforme a derecho la resolución del TEAR de 18 de Septiembre de 2002 y por consiguiente la lilquidación del Inspector Jefe de Tributos de S/C de Tenerife de fecha 22 de Abril de 2002 y decretando su nilidad.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia desestimatoria de todas las pretensiones formuladas de contrario por ser conforme a Derecho la resolución recurrida.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado el día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión de Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se plantean en los presentes autos, como consecuencia de las impugnaciones que las partes hoy recurrentes han hecho de la resolución del TEAR de fecha 18 de Septiembre de 2002 por la que se estimó en parte la reclamación presentada por la entidad actora "TENTAHITI,S.L." contra liquidación y sanción giradas por la Administración Tributaria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR