STSJ Galicia , 16 de Marzo de 2001

PonenteJUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2001:2203
Número de Recurso7199/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO 03/0007199/1998 RECURRENTE: AUTOPISTAS DEL ATLÁNTICO, S. A. ADMON. DEMANDADA: EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE A CORUÑA PONENTE: D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 186/2001 Iltmos. Sres:

D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ D;. MARGARITA PAZOS PITA En la Ciudad de A Coruña, dieciseis de marzo de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03/0007199/1998, pende de resolución ante esta sala, interpuesto por AUTOPISTAS DEL ATLÁNTICO, S. A., domiciliado en c/Alfredo Vicenti 15 (A Coruña), representado y dirigido por el Letrado D/ña. JUAN MARIA SALAZ BRAVO, contra Resolución de 10 -12 -97 desestimatoria de recurso de reposición contra liquidación nº 97/420422, concepto Impuesto Bienes Inmuebles, ejercicio 1997, recurso R-97/1187.. Es parte la Administración demandada EXCMA.

DIPUTACION PROVINCIAL DE A CORUÑA, representada y dirigida por el D/ña. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LOPEZ. La cuantia del asunto es determinada en 13.957.311 ptas.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 6 de Marzo de 2001, fecha en que tuvo lugar.

  4. En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. A través del presente recurso contencioso administrativo se impugna la Resolución de la Presidencia de la Diputación Provincial de A Coruña de fecha 10 -12 -97, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por la sociedad recurrente contra liquidación practicada (por delegación del Ayuntamiento titular del tributo) por el concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al ejercicio 1997, por el tramo de la Autopista del Atlántico que discurre por el término municipal de Teo. II.- En el presente caso la controversia radica en determinar si el régimen transitorio de beneficios fiscales establecidos en la Disposición Transitoria 2ª de la Ley 39/88 de 28 de diciembre, donde se establece que sólo continuarán disfrutando de los beneficios fiscales en el IBI quienes en fecha 1 -1 -90 tuvieran expresamente reconocida tal bonificación en la contribución territorial urbana, debe ser aplicado en el presente caso; posibilidad que niega la Administración demandada con base fundamental en que el beneficio tributario aplicable transitoriamente no se hace depender de la fecha de la concesión de la autopista, sino de la fecha en que entran en...

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