STSJ Murcia , 2 de Septiembre de 2000

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2000:2432
Número de Recurso2555/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº 2.555/97 SENTENCIA nº 765/00 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº765/00 En Murcia a dos de septiembre de dos mil. En el recurso contencioso administrativo nº 2.555/97 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Inadmisibilidad de reclamación económico administrativa por extemporaneidad.

Parte demandante: Segado y Cía SL representada por el Procurador Don Francisco Aledo Martínez.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 30 de mayo de 1997 que inadmitía la reclamación nº51/348/95 por extemporaneidad, formulada contra acuerdo desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra liquidación en concepto de recargo por importe de 2.241.007 ptas por ingreso fuera de plazo sin requerimiento previo de la declaración del 2º trim del IVA, ejercicio 1994.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia estimando el recurso y se declare nula y no conforme a Derecho la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Murcia de 30 de mayo de 1997, mandando reponer las actuaciones, y estimando la presentación en plazo del recurso ante el Tribunal Económico Administrativo, mande entrar en el fondo de la cuestión litigiosa, siguiendo el proceso por su cauce correspondiente, hasta la resolución fundada en derecho del mismo.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 23 de septiembre de 1997 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 21 de julio de 2000.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por tener interés para el examen de las cuestiones que se discuten, y resultantes del expediente administrativo y de la prueba practicada, se destacan los siguientes antecedentes:

La Administración tributaria practicó liquidación por ingreso fuera de plazo sin requerimiento previo por el IVA 2º tri resultando una cantidad a ingresar de 2.241.007 ptas. El actor formuló recurso de reposición que fue desestimado por resolución de 1 de agosto de 1995, notificada el 21 de septiembre de 1995 por...

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