STSJ Comunidad de Madrid 387/2007, 13 de Abril de 2007

PonenteANGEL FRANCISCO SUAREZ-BARCENA MORILLO-VELARDE
ECLIES:TSJM:2007:6801
Número de Recurso171/2007
Número de Resolución387/2007
Fecha de Resolución13 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00387/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.:

Presidente,

Dª Inés Huerta Garicano

Magistrados,

D. Miguel Ángel Vegas Valiente

D. Ángel Suárez Bárcena Morillo Velarde

S E N T E N C I A Nº 387

En la Villa de Madrid, a 13 de abril de dos mil siete

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso Contencioso Administrativo en grado de Apelación Nº 171/07 interpuesto -en escrito presentado el día 6 de febrero de 2007- por la Procuradora de los Tribunales Dª Mónica Ana Liceras Vallina, en representación de D. Romeo, contra el Auto de 17 de enero de 2007 dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. 4 de los de Madrid, que denegó la suspensión de la ejecutividad del acto administrativo impugnado en autos de procedimiento abreviado de Nº 917/2006.

Ha sido parte apelada la Delegación del Gobierno en Madrid, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte apelante interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de 5 de septiembre de 2006, dictada por la Delegación del Gobierno en Madrid que acordó la expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por tiempo de 3 años, respecto del recurrente, D. Romeo.

SEGUNDO

De dicho recurso conoció el Juzgado de lo Contencioso núm. de los de Madrid que lo tramitó en autos de procedimiento abreviado de núm. 917/06 y que, con fecha de 17 de enero de 2007, dictó Auto denegando la suspensión de la ejecutividad del acto administrativo impugnado, lo que había sido solicitado como medida cautelar en la demanda y se tramitó en pieza separada de conformidad con lo dispuesto en el art. 131 de la LJCA.

TERCERO

La representación del actor, en escrito presentado el 6 de febrero de 2007, interpuso recurso de apelación contra el citado Auto; y admitido a trámite, fue impugnado por la parte contraria.

CUARTO

En Providencia de 26 de febrero de 2007, el Juzgado de lo Contencioso Nº 4 de los de Madrid, acordó elevar las actuaciones a la Sala de lo Contencioso Administrativo de este TSJ, previo emplazamiento de las partes, turnándose a esta Sección en la que tuvieron entrada el 19 de marzo de 2007.

QUINTO

Por Auto de 1 de marzo de 2007, de esta Sección, se acordó tener por personado y parte apelante a la Procuradora de los Tribunales Dª Mónica Ana Liceras Vallina, en representación de D. Romeo y señalar para votación y fallo del presente recurso la audiencia del día 12 de abril de 2007 en la que ha tenido lugar. Es Ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. Ángel Suárez Bárcena Morillo Velarde.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El párrafo 1º del artículo 130 de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa exige la "previa valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto" para poder acordar la medida cautelar que se pretende; y matiza que, la medida cautelar podrá acordarse únicamente cuando la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso. Por su parte, el párrafo 2º de ese mismo artículo...

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