STSJ Cataluña , 4 de Diciembre de 2001

PonenteMARIA LUISA PEREZ BORRAT
ECLIES:TSJCAT:2001:15255
Número de Recurso1815/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Recurso n° 1815/96 Partes: D. Carlos Miguel C/ TEARC SENTENCIA N°1263 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE Dª Mª LUISA PEREZ BORRAT MAGISTRADOS D. FRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS D. JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON En la ciudad de Barcelona, a cuatro de diciembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

1815/96, interpuesto por D. Carlos Miguel , representado y dirigido por la letrada Dª. Mª CARMEN RUIZ GONZALEZ, contra EL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA, representado y defendido por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª LUISA PEREZ BORRAT, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La letrada citada, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución del TEARC de fecha 29-2-96 desestimatoria de la reclamación n° 25/275/93.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden; los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, se continuó el procedimiento por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron Finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 28 de noviembre del año en curso CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante impugnó la Resolución del TEJAR de Cataluña, de 29 de febrero de 1996, por la que se denegó la devolución de ingresos indebidos, solicitados en concepto de IVA, cuantía 403.749 ptas. derivados de la declaración presentada el 4 de diciembre de 1989, a través de Agente de Aduanas que actuó en nombre propio y por cuenta del declarante, para el despacho de un automóvil usado marca Peugeot, modelo 405 Berlina SP, con motor Diesel turno de 4 cilindros núm de chasis NUM000 , que trasladaba su residencia de Andorra a Lérida, señalándose franquicia arancelaria y como tipo de IVA...

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