STSJ Cantabria 520, 22 de Marzo de 2006

PonenteJESUS MARIA MARTIN MORILLO
ECLIES:TSJCANT:2006:520
Número de Recurso197/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución520
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 00324/2006 Rec. Núm. 197/06 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García Ilmo. Sr. D. Jesús Mª Martín Morillo EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander a veintidós de marzo de dos mil seis.

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Mª Martín Morillo, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. Esther siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad social y otros sobre invalidez, y que en su día se celebró el acto de la vista habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en 22 de noviembre de 2.005 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La demandante DÑA. Esther , con DNI n° NUM000 , ha prestado servicios para la empresa MULTICIEN CANTABRIA, S.L. con una antigüedad de 23 de febrero de 2000, categoría profesional de Dependienta, y percibiendo un salario diario de 31,63 euros, incluida la parte proporcional de pagas extras.

  2. - Por resolución de 14 de agosto de 2002 fue declarada afecta de Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo, con efectos económicos del día 13 de julio de 2002 y pensión del 100% de la base reguladora mensual de 443,82 euros, por lesiones derivadas de enfermedad común.

  3. - Con fecha 24 de enero de 2003 fue dictada sentencia por el Juzgado de lo Social n° 2 de Santander en la que se condena a la empresa MULTICIEN CANTABRIA, S.L. a abonar a la actora 5664,92 euros por diferencias salariales correspondientes al periodo enero 2001 a julio 2002 por considerar aplicable a la empresa demandada el Convenio Colectivo del Comercio del Metal.

  4. - Con fecha 23 de mayo de 2003 fueron levantadas Actas de liquidación de cuotas por la Inspección de Trabajo y seguridad Social correspondientes a los años 2000 a 2002.

  5. - Con fecha 2 de octubre de 2003 fue dictada sentencia por el Juzgado de lo Social nº 4 de Santander cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Que estimando la demanda formulada por DÑA. Esther contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MULTICIEN CANTABRIA, S.L., en reclamación de prestación y, en su consecuencia, debo declarar y declaro que la base reguladora mensual de la situación de incapacidad temporal que afectó a la actora desde el 23-6-01 al 12-7-02, asciende a 918,89 euros, derivada de enfermedad común, condenando a los expresados demandados a estar y pasar por esta declaración y al I.N.S.S. y T.G.S.S., al abono a la actora, en concepto de diferencias con la prestación percibida, desde el 1 de Septiembre de 2.001 al 30-6-02, de 2.794,29 euros."

    Recurrida la citada sentencia en suplicación por las entidades gestoras fue confirmada por sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de Cantabria de fecha 27 de julio de 2004 .

  6. - Con fecha 18 de diciembre de 2003 presentó escrito de Revisión de la Base Reguladora de la Incapacidad Permanente Absoluta reconocida, aportando la sentencia de 24 de enero de 2003 y las Actas de la Liquidación de la Inspección de Trabajo. La citada solicitud fue desestimada mediante resolución de fecha 13 de febrero de 2004.

  7. - Con fecha 10 de noviembre de 2004 presenta nuevamente escrito de Revisión de la Base Reguladora de la pensión reconocida, aportando la Sentencia del TSJ de Cantabria de fecha 27 de julio de 2004 , que confirma la sentencia del Juzgado de lo Social nO 4 de fecha 2 de octubre de 2003. 8º.- Con fecha 1 de octubre de 2004 fue dictado Auto por el Juzgado de lo Social nº 2 de Santander en ejecución 168/2003, autos 993/2002 , cuya parte dispositiva dice: "Acuerda de conformidad con lo razonado, estimar la solicitud de la parte ejecutante declarando la producción de la situación jurídica de subrogación de empresas en los términos del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores , en la que el nuevo titular de la empresa, GARCIA FUENTES CORREDURIA DE SEGUROS, S. L. debe asumir...

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