STSJ Andalucía 419/2007, 26 de Febrero de 2007

PonenteFERNANDO DE LA TORRE DEZA
ECLIES:TSJAND:2007:1125
Número de Recurso886/2006/
Número de Resolución419/2007
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

419/2007

1

SENTENCIA Nº 419/2007

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MÁLAGA

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE

D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA

MAGISTRADOS

Dª MARÍA DEL ROSARIO CARDENAL GÓMEZ

D. EDUARDO HINOJOSA MARTÍNEZ

SECCIÓN FUNCIONAL 2ª

_________________________________________

En la Ciudad de Málaga a veintiséis de Febrero de dos mil siete.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso de apelación 886/2006, interpuesto por D. Narciso, contra el Auto de 16/02/2006, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo Número Cinco de Málaga, y como parte apelada EL CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS DE ABOGADOS.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por D. Narciso, se interpuso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Cinco de Málaga, recurso contencioso administrativo contra " la Resolución de fecha 16 de septiembre 2005 dictada por el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, que desestima alzada contra Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga de 15 de diciembre de 2004 por el que se le impusieron dos sanciones de suspensión en el ejercicio de la Abogacía0,1 x 1 periodo de un mes y otra por un periodo de siete días", registrándose el recurso con el número 126/2005, abriéndose Pieza Separada de Medidas Cautelares Nº 5/06.

SEGUNDO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo dictó Auto de fecha 16/02/2006 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: " Y desestimo la petición de suspensión de la ejecución de la resolución reseñada en el primer antecedente de la primera resolución. Sin pronunciamiento sobre costas."

TERCERO

Contra dicho Auto, por la representación procesal de la parte Recurrente, se interpuso Recurso de Apelación, el que fue admitido a trámite, dándose traslado a las demás partes personadas, por quince días, para formalizar su oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sala de lo Contencioso Administrativo, quedando registrado el recurso de apelación con el número 886/2006.

CUARTO

No habiéndose solicitado celebración de vista o presentación de conclusiones, quedaron los autos, sin más trámite para votación y fallo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Alega la parte apelante, en apoyo de su pretensión revocatoria, que la...

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